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Redacción PERÚ21

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Fabiana Sánchezfsanchez@peru21.com

¿Está a punto de cumplir cuatro años trabajando en una empresa o ya cumplió ese plazo? Si su respuesta es afirmativa, debe saber que tiene derecho a acceder al seguro Vida Ley, el cual debe ser pagado por su empleador.

El gerente general de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (), Raúl De Andrea, manifiesta que si el trabajador fallece de manera natural, esta póliza contempla el pago de una indemnización al beneficiario equivalente a 16 remuneraciones mensuales.

Si el deceso es por un accidente, la indemnización será de 32 sueldos.

"Esta suma también se le otorgará a los beneficiarios del trabajador en el caso de que quede inválido de por vida", señala.

ATENTOS A LA GESTIÓNTodos los trámites para obtener este seguro, explica De Andrea, los debe realizar la empresa junto con la aseguradora elegida. "Siempre es recomendable que el empleado esté pendiente por si sus jefes son de los que no cumplen con sus obligaciones", anota.

El ejecutivo comenta que si una compañía está interesada en adquirir el seguro antes de que sus trabajadores tengan cuatro años laborando, está en su derecho de hacerlo.

"Varias compañías, sobre todo las vinculadas a la minería, suelen acceder antes de cumplir el plazo. Esto demuestra que desean otorgarle un beneficio adicional a las personas que trabajan con ellos", indica.

SIN EMPLEOEl representante de Apeseg precisa que si el trabajador cambia de empleo o si es despedido, puede mantener la póliza si así lo considera adecuado.

"Hay un plazo de 30 días para solicitar a su excentro laboral una carta de cese de actividades la cual tendrá que ser presentada a la compañía aseguradora junto con la solicitud para mantener este seguro", manifiesta.