Disposición se aplica a cualquier tipo de préstamo (hipotecario, vehicular, personal, de consumo, etc.)
Disposición se aplica a cualquier tipo de préstamo (hipotecario, vehicular, personal, de consumo, etc.)

Redacción PERÚ21

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Alicce Cabanillas@alicce en Twitter

Desde el 31 de agosto, los usuarios pueden solicitar a la entidad financiera –bancos, cajas, financieras– con la que mantienen un crédito el . Así ahorrarán la tarifa que cobran por el servicio del traslado físico y la cual oscila entre S/.6 y S/.12.

Esta disposición fue dada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP () y se aplica a cualquier tipo de préstamo (hipotecario, vehicular, personal, de consumo, etc.), según ha precisado la propia Asociación de Bancos (Asbanc).

EVITE EL MÍNIMOOtra mejora es la modificación del cálculo del pago mínimo de las deudas con tarjetas de crédito y que busca evitar que estas se extiendan generando el sobreendeudamiento de los consumidores.

Así, según la SBS, este tipo de pago ya no aplicará a los consumos que fueron pactados a pagar en cuotas, sino solo para los establecidos bajo la modalidad de crédito revolvente.

NO SE SOBREENDEUDE¿Cómo determino qué es lo que más me conviene? El regulador muestra –como ejemplo– que si se tiene un crédito de S/.1,000 y decide cancelarlo en tres cuotas, el total que abonará será de S/.1,095 (incluye las comisiones y los intereses).

Pero, si eligiera cancelar solo el monto mínimo cada mes, tardaría 56 meses (casi cinco años) en cancelar todo el crédito, y el monto total que desembolsaría llegaría a S/.2,425 (más del doble del monto inicial).

En el caso de que se tratara de sumas de dinero más altas, el perjuicio para los trabajadores sería mayor, advierte la Superintendencia de Banca.

El pago revolvente seguirá vigente para quienes opten por esta modalidad. Los pagos se dividirán en 36 o 48 cuotas.