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Publican ordenanza que previene y prohíbe castigo físico contra menores en Punta Negra

La medida es de aplicación en todos los espacios públicos o privados donde se desarrolle una niñas, niño o adolescente.

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Fecha Actualización
La Municipalidad de Punta Negra publicó este domingo la ordenanza que previene y prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra niños, niñas y adolescentes dentro del referido distrito.
Así lo establece la Ordenanza Nº 013-2019/MDPN, cuya aplicación es en todos los espacios públicos o privados donde se desarrolle una niñas, niño o adolescente, como el hogar, la escuela, comunidad, lugares de trabajo, centros juveniles, centros recreativos, guarderías, parques, iglesias u otros lugares dentro del ámbito de la jurisdicción municipal.
El dispositivo califica como “castigo físico” el uso de la fuerza, en ejercicio de las potestades de crianza o educación, con la intención de causar un grado de dolor o incomodidad corporal, con el fin de corregir, controlar o cambiar el comportamiento de los niños, niñas o adolescentes, siempre que no constituya un hecho punible.
Además, precisa como “castigo humillante”, cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, o ridiculizar, en ejercicio de las potestades de crianza o educación, con el fin de corregir, controlar o cambiar el comportamiento de los niños, niñas y adolescentes, siempre que no constituyan un hecho punible.
-Acciones-
La Municipalidad de Punta Negra encargará las acciones a la Gerencia de Desarrollo Social, a la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente – Demuna, la Sub Gerencia de Serenazgo y a la Secretaría General y Asesoría Jurídica.
Entre las medidas figuran, impulsar la estrategia ponte en #ModoNiñez orientando a los padres, madres o principales responsables del cuidado de las niñas, niños y adolescentes sobre efectos del uso del castigo físico y humillante contra menores y pautas de crianza positivas.
También impulsar la creación y funcionamiento del Comité Multisectorial por los Derechos del Niño – CODEMUNA para realizar acciones multisectorial para la prevención y atención del castigo físico y humillante, que garanticen el funcionamiento de servicios integrales de atención a la niñez y adolescente víctima de violencia.
Además, está la implementación de un registro de casos sobre castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes.