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Puente Piedra: Sujeto es sentenciado por acoso sexual por grabar a una joven en una tienda sin consentimiento

El sujeto fue sentenciado a tres años de prisión suspendida y deberá pagar 600 soles a favor de la parte agraviada por concepto de reparación civil.

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Se acreditó la acusación con el acta de visualización de videos de los archivos del teléfono celular, en el cual se evidencia las filmaciones hacia la agraviada, sin su consentimiento. (Foto: Perú21/ foto referencial)
Fecha Actualización
El Poder Judicial dictó tres años de prisión suspendida al ciudadano Rainer Alcides Acuña Inami de 31 años, por haber acosado a una joven de 23 años de edad en el distrito de Puente Piedra.
La acusación por el delito contra la libertad sexual, en la modalidad de acoso sexual, fue formulada por el Tercer Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los integrantes del Grupo Familiar de Puente Piedra.
El hecho ocurrió el 21 de noviembre de 2020, cuando la agraviada salió de su domicilio hacia una tienda. En el trayecto, el acusado hizo uso de su celular, la grabó, acto que repitió cuando la joven estaba al interior del local.
Incluso, la grabó por tercera vez cuando salía en dirección a un centro comercial. Esto fue advertido por personal policial del Grupo Terna, el cual intervino al sujeto.
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Durante la etapa de enjuiciamiento, el fiscal adjunto provincial Fitzgerald Contreras Santa Cruz acreditó la acusación con el acta de visualización de videos de los archivos del teléfono celular, en el cual se evidencia las filmaciones que Acuña Inami realizó sobre la agraviada, sin su consentimiento.
El representante del Ministerio Público señaló que la víctima, de 23 años de edad, manifestó no conocer a su agresor y, por temor, procedió a cambiarse de domicilio. En la sentencia, el colegiado también ordenó dos años de reglas de conducta que el sujeto deberá acatar, bajo apercibimiento.
Comparecer mensualmente ante el juzgado.No ausentarse de su lugar de residencia.No aproximarse a la víctima.Recibir tratamiento terapéutico para facilitar su readaptación social.Realizar el pago de una reparación civil de S/600 a favor de la agraviada.
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