Comité de Radio pide que norma se aclare. (USI)
Comité de Radio pide que norma se aclare. (USI)

Redacción PERÚ21

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La de la que entrará en vigencia en julio próximo y que regula el transporte público ha causado polémica, ya que aparte de impedir que los cobradores llamen a los pasajeros a viva voz, prohíbe el uso de equipos de sonido así como de televisores durante su servicio.

Joaquín Vásquez, asesor de la Gerencia de Transporte Urbano de la comuna limeña, señaló que si la empresa desea brindar música o televisión a sus usuarios, deberá hacerlo desde una central, ya que ninguno de estos equipos puede distraer la actividad del conductor o cobrador. Aquellos que incurran en la falta serán multados con S/.365, monto equivalente al 10% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

De otro lado, el funcionario agregó que desde este 2 de julio, las empresas de transportes asumirán todas las responsabilidades; es decir, si no cuentan con las unidades suficientes para operar, "pueden contratar parte de su flota con un propietario tercero, pero en todos los casos la empresa asume la operación, mantenimiento y toda la responsabilidad del vehículo", explicó.

Otra de las novedades de la norma es que los conductores y cobradores deberán ser contratados directamente y registrados en planilla. Asimismo, las empresas de transporte público serán multadas con S/.3650 si uno de sus conductores no cuenta con licencia.

PIDEN QUE SE ACLARE LA NORMADaniel Chappell, coordinador del , advirtió que esta medida puede dar paso a que más adelante se incluya a los taxis y mototaxis o cualquier auto particular, "bajo el pretexto de la distracción".

"Distracción es apartar a alguien de a atención de la tarea sobre la que esta puesto, pero la radio es entretenimiento y eso significa hacer más llevadera la tarea", explicó Chappel a RPP, al añadir que la radio también sirve para informar.

En ese sentido, consideró que la comuna metropolitana debe aclarar la ordenanza, si su intención es que los choferes de servicio público respeten el volumen máximo permitido en sus equipos de sonido, como es un derecho de los pasajeros.