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Óscar Ugarte sobre fallo a favor de Ana Estrada: “Mi posición personal es que el Minsa no debiera apelar”
El ministro de Salud señaló que el respaldo al fallo es de forma personal; sin embargo aclaró que son los procuradores lo que deberán intervenir de forma independiente en este caso.
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El ministro de Salud, Óscar Ugarte, se pronunció hoy sobre la sentencia judicial que ordena al Minsa y al Seguro Social de Salud (Essalud) respetar la decisión de Ana Estrada de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia. De manera personal, mencionó que respalda el fallo del Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.
“Como opinión personal, no quiero reconocer ni al Ministerio de Salud ni algo por el estilo, estoy de acuerdo con la disposición dada [sentencia] y en función de eso también es mi posición personal es que el ministerio no debiera apelar a esa decisión”, señaló en entrevista para RPP.
No obstante, el titular del Ministerio de Salud (Minsa) aclaró que serán los procuradores de las instancias involucradas (sector Salud, Essalud y Ministerio de Justicia) los que intervienen de forma independiente en este caso. “Sin embargo, hago la salvedad que los procuradores es a quienes les corresponde intervenir. Tienen autonomía, eso quizá no se entienda, pero el procurador no depende del ministerio”, indicó.
“Es parte de las funciones del procurador. Sin embargo, vamos a conversar al respecto, exponer las razones y además los procuradores dependen del Ministerio de Justicia. Es un órgano coordinado por el Minjus y el Ministerio de Justicia también debe impartir orientaciones, pero en el último extremo, el procurador es autónomo y es un tema que tendrá que dilucidarse en esa línea”, agregó.
Una posición similar la expresó el último jueves Percy Minaya, viceministro de Salud Pública del Minsa. En una entrevista con Canal N, el funcionario señaló que el caso de Ana Estrada es “polémico”, debido a que genera mucho debate, por lo que mencionó que se debe esperar un pronunciamiento oficial de las instancias involucradas (Minsa y Essalud) tras darse a conocer la sentencia. No obstante, opinó -de forma personal y tomando las palabras de Ana Estrada- que esta sentencia reconoce a la persona el derecho a disponer de su cuerpo y acceder a una muerte digna.
“Es un tema polémico en primer lugar y el Minsa no ha sido notificado de esta decisión, pero quiero resaltar mientras aguardamos el pronunciamiento que tienen que hacer nuestras instituciones en general, que son las palabras de la propia Ana [Estrada]. No se trata de querer morir en realidad. Se trata de que, hasta el último día de vida, nosotros debemos estar en posibilidad de tomar nuestras propias decisiones. Y lo dejo ahí porque hay un espacio aquí de mucho debate”, indicó.
El Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó al Ministerio de Salud y a Essalud respetar la decisión de Ana Estrada Ugarte de poner fin a su vida mediante el procedimiento técnico de la eutanasia, con la acción de un médico que suministre de manera directa (oral o intravenosa) un fármaco u otra intervención médica destinada a tal fin.
En esa línea, el tribunal dispone que se inaplique el artículo 112° del Código Penal vigente, para el caso Ana Estrada; razón por la cual quienes la asistan en su decisión no serán procesados siempre que se practiquen de manera institucional y sujeta al control de su legalidad y en el tiempo y oportunidad en que lo especifique, en tanto ella no puede hacerlo por sí misma.
El caso
Ana Estrada fue detectada con una enfermedad degenerativa llamada polimiositis a la edad 12 años. Aún así pudo estudiar Psicología y trabajar hasta que esta condición le quitó esas posibilidades. Actualmente, apenas puede moverse, pues se encuentra en un estado de dependencia muy alta, con 20 horas al día postrada en cama.
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