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Navidad: todo lo que debes saber para movilizarte los días 24 y 25 de diciembre

Debido al rápido avance de la variante Ómicron en el país, que pasó de ocho a doce casos, el ministro de Salud Hernando Cevallos anunció en la víspera un nuevo horario de inmovilización social obligatoria para las fiestas de Navidad y Año Nuevo. Este será ahora desde las 11 p.m. del viernes 24 de diciembre hasta las 4 a.m. del sábado 25. Lo mismo se aplicará el viernes 31 y sábado 1 de enero del 2022.

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Debido al rápido avance de la variante Ómicron en el país, que pasó de ocho a doce casos, el ministro de Salud Hernando Cevallos anunció en la víspera un nuevo horario de inmovilización social obligatoria para las fiestas de Navidad y Año Nuevo en el país. Este será ahora desde las 11 p.m. del viernes 24 de diciembre hasta las 4 a.m. del sábado 25. Lo mismo se aplicará el viernes 31 y sábado 1 de enero del 2022.
Este nuevo horario modifica el anterior, que había sido establecido en el Decreto Supremo 179-2021-PCM, y que se publicó el 9 de diciembre pasado, el cual señalaba la restricción entre la 1 a.m. y 4 a.m.
En la referida norma, que debe ser actualizada, se precisa que durante el mencionado horario de toque de queda está prohibida toda reunión social que se organice en el territorio peruano, incluidos los eventos sociales y visitas de familiares.
Estando prohibido todo tipo de reunión y evento social, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, en los cuatro niveles de alerta”, se indica.
Por lo tanto, las celebraciones en restaurantes, bares y otros establecimientos públicos, incluso en locales al aire libre, también estarán prohibidos en las fechas y horario indicados.
¿Cómo fue el año pasado?
A fin de prevenir el incremento de contagios de la COVID-19 el año pasado el Ejecutivo emitió el Decreto Supremo N°194-2020-PCM, mediante el cual se dispuso la restricción del uso de vehículos particulares a nivel nacional durante los días 24 y 25 diciembre, así como el 31 de diciembre y el 1 de enero de 2021.
Para este año el Ejecutivo no ha emitido hasta el momento ninguna restricción para el uso de vehículos particulares en las fechas indicadas, excepto durante el horario de toque de queda.
Viajes interprovinciales
Respecto a los viajes interprovinciales, el Decreto Supremo 179-2021-PCM también dispone que los pasajeros del servicio de transporte interprovincial terrestre mayores de 18 años, en los cuatro niveles de alerta, solo podrán viajar si acreditan su dosis completa de vacunación en el Perú o en el extranjero; o en su defecto, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar.
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