Municipalidades de Ancón y Los Olivos crearán instancias de concertación contra la violencia familiar

Las instancias de concertación distrital se deberán instalar en un plazo máximo de 30 días.
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Violencia a la mujer (Foto: Getty)
Mujeres ya no temen acusar a sus agresores. (USI)
Violencia a la mujer (Foto: Getty)
Violencia a la mujer (Foto: Getty)
Mujeres ya no temen acusar a sus agresores. (USI)
Violencia a la mujer (Foto: Getty)

Las Municipalidades de y  han dispuesto crear una instancia de concertación distrital con el fin de prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.

Mediante las ordenanzas  y , publicadas hoy en el diario El Peruano, se busca impulsar los procesos de concertación, la participación y la coordinación intersectorial e intergubernamental, así como monitorear y evaluar las políticas públicas para combatir la violencia a nivel distrital.

Las instancias de concertación se deberán instalar en un plazo máximo de treinta días hábiles, siendo de carácter permanente.

Los Olivos
El centro estará conformado por un representante de municipalidad distrital, la gobernación distrital, el centro emergencia mujer, los establecimientos públicos de salud, el Poder Judicial y las instituciones educativas del distrito.

Para llevar a cabo esta iniciativa, la subgerencia de programas sociales de la municipalidad de Los Olivos ha asumido la secretaría técnica para realizar el seguimiento de sus funciones y sistematización de resultados.

Ancón 
​Mientras que la instancia de concertación de Ancón estará conformada por un representante de la Municipalidad de Ancón, la gerencia de servicios sociales y a la ciudad, la sub prefectura de Ancón, la comisaria de Ancón, el centro emergencia mujer Ancón-Santa Rosa, el Poder Judicial, el Ministerio Público, los establecimientos públicos de salud y la red educativa 10 y 11, las organizaciones o asociaciones de la sociedad civil del distrito relacionadas a la temática y las organizaciones comunales existentes.

Los delegados de ambas comunas deberán también designar un representante alterno para casos de ausencia, quienes son acreditados por la presidencia de la instancia distrital, en un plazo máximo de diez días contados a partir del día siguiente de su instalación.

Asimismo, se dispuso encargar a la Gerencia de Servicios Sociales y a la Ciudad, el monitoreo y cumplimiento.

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