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Redacción PERÚ21

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El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual multó con 45 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) —equivalentes a S/. 166,500— a la aerolínea por discriminar a pasajeros con discapacidad auditiva.

La decisión fue tomada luego de exhaustiva investigación sobre una noticia difundida en los medios de comunicación, en la que se dio cuenta que personal de la aerolínea impidió que personas sordas abordaran un vuelo que los trasladaría desde Lima a Iquitos, en noviembre de 2012.

Durante las pesquisas se corroboró que Peruvian Airlines tiene como política interna que por cada cuatro pasajeros con discapacidad auditiva, necesariamente debe viajar un acompañante, presumiendo que todo pasajero con dicha discapacidad requerirá de una atención especial, aun cuando esta no sea necesaria ni haya sido solicitada por el viajero.

En ese sentido, el precisó que esta normativa no se ajusta a las disposiciones establecidas en la legislación nacional e internacional respecto de las obligaciones que deben asumir los operadores aéreos frente a los pasajeros con alguna discapacidad.

La sanción fue impuesta por la Comisión de Protección al Consumidor de la sede de Lima Norte y podría ser apelada ante la Sala Especializada de Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi para su revisión en segunda y última instancia administrativa.