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Minsa precisa que piscinas públicas siguen cerradas y dio a conocer protocolo de su uso cuando se autorice su reapertura

Se aprobó la Directiva Sanitaria N° 142 Minsa/Digesa 2021, donde se dispuso una serie de medidas para los establecimientos del rubro y sus visitantes.

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Fecha Actualización
El Ministerio de Salud (Minsa) aclaró este domingo que las piscinas públicas y privadas continúan cerradas en el marco de la pandemia del coronavirus (COVID-19). Al mismo tiempo, dio a conocer el protocolo de su uso con fines recreativos para el verano 2022, a través de la Resolución N° 1356-2021/Minsa.
Desde el sector Salud recordaron que aún está vigente el Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, donde se precisa que “en los centros de esparcimiento, clubes zonales u otros (autorizados), está prohibido el uso de las piscinas”.
“Excepcionalmente, se permite el uso de piscinas solo para la realización de actividades formativas o terapéuticas, previo cumplimiento de los protocolos aprobados por la Autoridad Sanitaria Nacional”, se lee.
PROTOCOLO PARA USO DE PISCINAS PÚBLICAS Y PRIVADAS
Según la Directiva Sanitaria N° 142 Minsa/Digesa 2021, las piscinas de uso recreativo al aire libre deberán cumplir con un aforo (máximo) de 1 usuario por cada 4m2. De lado, para las piscinas con techo el aforo será de 1 usuario por cada 5 m2.
Además, las piscinas deberán señalar su aforo en un cartel y establecer horarios por turnos, respetando el mismo. También se deberá realizar un control de aforo y distanciamiento físico dentro de la piscina.
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Por el lado de los bañistas, se dispuso que estos solo podrán retirarse la mascarilla (doble o KN95) mientras estén en contacto con el agua; sin embargo, deberán mantener un distanciamiento físico de mínimo 1.5 metros con el resto de los usuarios.
”Una vez que se deje el contacto con el agua el uso de las mascarillas volverá a ser obligatorio”, precisa el Minsa. Otro punto es que los establecimientos estarán prohibidos de vender alimentos y bebidas alcohólicas.
No se permitirá el ingreso de alimentos y bebidas (excepto agua). Asimismo, estará prohibido el alquiler de cualquier tipo de prenda de baño, implemento de natación o cualquier otro accesorio (anillos, chalecos de flotación etc.).
La Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (Digesa) y las Direcciones Regionales de Salud brindarán asistencia técnica y supervisarán el cumplimiento de la norma.
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