Herbert Cuba, asesor del Ministerio de Salud. (Foto: Difusión).
Herbert Cuba, asesor del Ministerio de Salud. (Foto: Difusión).

Herberth Cuba, asesor del Ministerio de Salud (), explicó que el Decreto Supremo 009-2024 SA, que considera como personas con problemas de salud mental a los transexuales, es, por ahora, la única forma de garantizarles cobertura en salud mental.

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¿Cuál es el objetivo del Minsa con este DS 009-2024, que patologiza a la ?

Esta norma no patologiza a la población transexual, porque el Perú se guía para el cuidado integral de la salud mental de la población LGTBI con la Resolución Ministerial 753-2021, cuya letra dice que la población LGTBI no tiene ningún tipo de enfermedad física o mental, ya que la orientación sexual y de identidad de género no constituye trastorno de la salud y no debe ser sometida a tratamiento o atención médica ni a llamadas terapias de reconversión, que atente contra su dignidad. En consecuencia, esta es la forma en la que se atiende a las personas que acuden a los establecimientos de salud.

¿Qué dice el CIE-10?

(...) Ni el Minsa ni el Gobierno patologizan a esta población, lo que sucede es que existe un código clasificador internacional de enfermedades, que es el CIE-10, que data de 1992. El 2019, la aprobó implementar a partir de 2022 el CIE-11, donde quita de las enfermedades los trastornos de identidad sexual. El Minsa como no puede transitar rápidamente del CIE-10 al CIE-11 a través de la resolución citada ha reconocido estos derechos...

¿De qué forma van a trasladar este mensaje a la comunidad LGTBI, que se ha sentido afectada?

Los colectivos solicitan que, en el más breve plazo, apliquemos el CIE-11, concordamos con su petición. Ese es nuestro norte, lamentablemente es un proceso de transición muy complejo, pero Perú está empeñado en realizarlo.

¿No es una opción derogar este Decreto Supremo?

No, porque aquí sucede otro tema. La Ley de l y la Ley Marco de Aseguramiento Universal de salud asegura un subsidio, a través de prestaciones mínimas, en los establecimiento privados, y hay que cumplirla. En el Minsa damos las pautas en la forma en que se tiene que cumplir esta ley; mientras no corrijamos el CIE-10, la ley (marco) seguirá siendo vigente con el CIE-10. No hay otra forma de poder cumplir la ley, a petición, incluso, de las compañías aseguradoras, que necesitan las pautas explícitas. Eso es lo que cubre este Decreto Supremo, pero, de ninguna manera, alteran el cuidado y orientación técnica que se tiene que dar a la población LGTBI.

¿En cuánto tiempo Perú va implementar el CIE-11?

Actualmente, hay todo un grupo de trabajo que debe evaluar esto, es un proceso que toma años. Colombia ha planteado que sea en tres años. Con esa experiencia, Perú podría estar en tres años en este tema, con la asistencia técnica de la OMS y OPS.

¿Su implementación sería a partir de este 2024?

Creo que a finales de 2027 ya podríamos trabajar, por lo menos, pilotos en este tema.

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Herbert Cuba, Asesor del Ministerio de Salud.