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Fiestas Patrias: a qué trabajadores les corresponde descansar el 28 y 29 de julio
Entérate quiénes pueden descansar los feriados del jueves 28 y el viernes 29 de julio. El 28 y 29 de julio son días feriados y la población aprovecha estas fechas para realizar distintas actividades. Por ello aquí te contamos quienes podrán descansar esos días.
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Fecha Actualización
Las Fiestas Patrias son un motivo de celebración para todos los peruanos. Hay quienes aprovechan esta ocasión para viajar, realizar paseos o reunirse con la familia y amigos debido a que el 28 y 29 de julio son declarados días feriados. Sin embargo, existe una pregunta que muchos se hacen ¿quiénes son las personas que pueden descansar estas fechas?.
Muchas personas esperan con ansias la llegada del mes de julio, pues, además de celebrar las Fiestas Patrias, donde se conmemora la Independencia del Perú, también existen días feriados que sirven a la población para realizar actividades de esparcimiento o reunión familiar.
Los días 28 y 29 de julio los trabajadores del sector público paralizan sus actividades, mientras que en el sector privado la mayoría de empresas también acata los días declarados como feriados.
Pero si bien en el calendario aparecen los días 28 y 29 de julio como días feriados, no todos pueden aprovechar esto para tomarse un descanso.
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¿QUIÉNES PUEDEN DESCANSAR EL 28 Y 29 DE JULIO?
Este 2022 los feriados por Fiestas Patrias, 28 y 29 de julio, caen los días jueves y viernes, por lo tanto, se formará un puente festivo con los días de descanso de fin de semana, que son el sábado 30 y domingo 31 de julio.
Es por ello que estos cuatro días pueden ser aprovechados por los ciudadanos para realizar turismo o disfrutar días tranquilos en familia, dependiendo de las actividades típicas en casa.
Sin embargo, las personas deben tener en cuenta que pese a que estos días son feriados los beneficiados con esto son los trabajadores del sector público y privado, pero estos últimos deberán realizar las coordinaciones respectivas con su empleador.
¿CUÁNTO ME DEBEN PAGAR SI TRABAJO EN FIESTAS PATRIAS?
El artículo 8 del D.L. N° 713 señala que los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria que corresponde a un día de trabajo.
El artículo 9 del mismo decreto dispone que en caso el trabajador labore en día feriado, y de no haber descanso sustitutorio, tienen derecho al pago de la remuneración diaria más una sobretasa del 100 %.
En ese sentido, si trabajas los días 28 y 29 de julio, percibirá: una remuneración diaria por el feriado, una segunda por el trabajo realizado y una tercera por haber laborado en día feriado, siempre que no tenga descanso sustitutorio en otro día.
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¿LOS ESTUDIANTES TAMBIÉN DISFRUTARÁN DE LOS FERIADOS?
En el Perú los feriados por Fiestas Patrias también benefician a los estudiantes tanto de las escuelas de nivel básico como de institutos y universidades. Los días 28 y 29 de julio se supenden las clases en todo el país.
Se debe precisar que en la mayoría de instituciones educativas del país las clases quedan suspendidas, incluso, algunos días antes de las Fiestas Patrias. Esto se considera como las vacaciones de mitad de año para todos los estudiantes.
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¿POR QUÉ EL 28 Y 29 DE JULIO SON FERIADOS NACIONAL EN EL PERÚ?
En el Perú, el 28 de julio de cada año es declarado feriado en conmemoración a la declaración de Independencia que se llevó a cabo en 1821 en Lima por parte de José de San Martín.
Mientras que el 29 de julio también es feriado por el desarrollo de la Gran Parada Militar en homenaje a las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú.
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