CODECO: Sedapal debe garantizar el abastecimiento de agua potable en Lima y Callao

Deberán explicar qué planes de contingencia aplicarán en cada evento que afectaría a 22 distritos de la capital, indica la Comisión de Defensa de Consumidor y Organismos Reguladores del Congreso de la República.
Deberán Explicar que Planes de Contingencia aplicarán en cada evento que afectaría a 22 distritos de la capital, indica la Comisión de Defensa de Consumidor y Organismos Reguladores del Congreso de la Republica.

Con carácter de urgencia la exigió al Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – dar detallds sobre la anunciada interrupción del servicio de agua potable en Lima y Callao.

El presidente de dicho grupo de trabajo, el congresista Wilson Soto Palacios pidió también que “se informe los planes de contingencia que se aplicarán para cada evento señalado, a fin de que los usuarios no se vean afectados por la falta de agua potable, elemento esencial para el normal desarrollo de sus actividades.”

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Como se sabe, Sedapal informó a través de los medios de comunicación, la interrupción del servicio de agua potable desde el viernes 6 de octubre de 2023 que afectaría a 22 distritos de la capital, presuntamente con el fin de ejecutar trabajos de empalme de tubería, se restablecerá el servicio progresivamente, luego de 36 a 96 horas (hasta cuatro días) después de terminada la incidencia.

El presidente de la Comisión, Soto Palacios, expresó su preocupación y señaló que no es posible que la empresa informe de dicho corte de servicio, sin dar detalles de cómo se proveerá a la población afectada del líquido elemento vital para el normal desarrollo de sus actividades.

Se informe súbitamente la restricción de este importante servicio sin mediar ninguna explicación; Sedapal como empresa responsable de la distribución del agua potable de Lima y Callao debe tener planes de contingencia para este tipo de situaciones.

La comisión urgió esta explicación de la empresa de acuerdo con lo establecido en los artículos 96 y 97 de la Constitución Política, del artículo 22 inciso e) y del artículo 87 del Reglamento del Congreso.

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