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Callao: Poder Judicial condena a cadena perpetua a profesor de fulbito por agredir sexualmente a 8 menores
Realizó actos de violencia sexual a tres niños y tocamientos indebidos a cinco menores.
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El profesor de fulbito Daniel Alfredo Aquije Salas pasará en prisión el resto de sus días. En adelanto de fallo, El Juzgado Penal Colegiado especializado en violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar del Callao lo condenó a cadena perpetua por la comisión del delito contra la indemnidad sexual – tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de cinco menores y por violación sexual a tres niños.
¿Qué edades tenían las víctimas?
Las víctimas de tocamientos indebidos son B.M.Q.G (10), D.A.C.D (10), P.J.V.S (11), S.M.V.R (11), D.J.C.R (13); en tanto, los menores agredidos sexualmente son A.M.L.A (08), M.S.G.J (11) y M.M.J.C (12).
Además, el tribunal integrado por los magistrados John Oré Juárez (presidente), Miguel Ángel García Flores y Edson Rosales Márquez, dispuso el pago de una reparación civil de treinta mil soles para cada menor agredido y en el caso de tres niños que no están constituidos en actor civil, el Ministerio Público solicitó una reparación civil de doce mil soles. También se ordenó tratamiento psicológico a las personas afectadas.
¿Qué fue lo que pasó?
La madre de una de las víctimas de iniciales B.M.Q.G. (10), inscribió en enero del 2020 a su menor hijo en la Academia de Futbol Atlético Xeneise, donde el sentenciado era profesor de dicha academia.
El sujeto concentraba a los alumnos y realizaba los partidos de práctica en la “canchita los Lobos en Dulanto – Callao”. Luego, invitaba a varios alumnos a su casa para jugar PlayStation.
En dicho lugar vivía con un menor de nacionalidad venezolana llamado “Gabriel”, quien era amigo de las víctimas. En todas las agresiones realizadas utilizaba la misma modalidad, el que perdía en los videojuegos los obligaba a desnudarse y bañarse, y quien no quería, era víctima de tocamientos indebidos o eran agredidos sexualmente.
Dato
El sentenciado cumplirá su condena en el establecimiento penitenciario que disponga el INPE.
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