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Sentencia a favor de Ana Estrada rinde homenaje a la libertad

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Fecha Actualización
“Es un gran paso. Siento mucho agradecimiento, emoción, felicidad... Aún me parece increíble”, declaró a Perú21 Ana Estrada, la psicóloga de 44 años, que padece polimiositis –enfermedad muscular degenerativa e incurable–, luego de que el juez Jorge Ramírez Niño de Guzmán declarara fundada la acción de amparo interpuesta por la Defensoría del Pueblo, el 8 de febrero del 2020.
El titular del 11 Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó que para el caso específico de Estrada se inaplique el artículo 112° del Código Penal vigente (que penaliza el suicidio asistido) y este deberá hacerse bajo un marco legal cuando la paciente lo requiera. Asimismo, ordena al Ministerio de Salud y a Essalud que respeten el procedimiento, ya sea aplicado por un médico por vía oral o intravenosa, así como a elaborar un reglamento para viabilizarla.
“Esta es una sentencia que rinde homenaje a la libertad y la autonomía de la voluntad. Me parece una estupenda noticia”, dijo el defensor del pueblo, Walter Gutiérrez, quien consideró la decisión como un hecho histórico que marca un precedente.
La enfermedad que tiene Estrada le impide hablar y alimentarse; la obliga a respirar por la tráquea y estar postrada en cama. En suma, a ser físicamente dependiente. Con este fallo ella podrá decidir cuándo, cómo y dónde tener una muerte digna.
APLICACIÓN INMEDIATA
Las partes demandadas, el Ministerio de Justicia, Minsa y Essalud aún no han sido notificadas, dado que el anuncio se hizo por los canales virtuales del Poder Judicial.
El abogado de la Defensoría de Pueblo, Percy Castillo, adelantó a este diario que en caso las citadas entidades deseen apelar, esperan salir airosos porque, según recalcó, hay argumentos sólidos y el juez los ha desarrollado de una manera correcta.
El constitucionalista Omar Cairo explicó que la sentencia es de aplicación inmediata por tratarse de una acción de amparo. “Se mantiene vigente así haya una apelación en curso. Solo perderá efecto (obligatoriedad) si es revocada”, detalló.
La especialista en bioética Gabriela Minaya explicó que “se ha demostrado que el cuadro de Estrada se va a seguir agravando, lo que cumple el criterio de irreversibilidad; y segundo es que el pedido lo hace una persona consciente y se sustenta en el sufrimiento insoportable. Esos dos componentes son fundamentales para justificar la eutanasia”.
Resaltó que la decisión es histórica, teniendo en cuenta que somos un país basado en normas bastante conservadoras y el hecho de que se haya fundamentado de esa manera manifiesta una independencia que ha permitido prevalecer el derecho a la dignidad, por encima de los aspectos dogmáticos, religiosos y fundamentalistas.
El antropólogo Juan Carlos Callirgos, a su turno, calificó la decisión como una conquista porque estamos en una sociedad cerrada a este tipo de temas. “Muchas veces somos conservadores al no desearlo para la sociedad, pero cuando le pasa a nuestros familiares (si está enfermo) sí lo deseamos. Lo que queremos para nuestra familia no lo queremos para todos... No sé si somos conservadores o hipócritas y eso pasa en otros temas como el aborto... En un montón de cosas”, dijo a Perú21.
MINISTROS DAN SU APOYO
El caso no fue ajeno a los ministros de Estado. Desde Pucallpa, donde cumplió una jornada de trabajo, la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, lo calificó como un “fallo histórico”. “El fallo nos habla del derecho a la vida digna. Como ser humano respeto su voluntad y ojalá que la ciencia y la medicina nos ofrezcan otras alternativas”, subrayó.
Para el titular del Interior, José Elice, presente en esa ciudad, “son avances de nuestro derecho en el ámbito jurídico del país”.
En declaraciones a título personal a Canal N, el ministro de Salud, Óscar Ugarte, también fijó su postura. “La decisión y el apoyo jurídico en ese sentido es totalmente justo”, replicó escuetamente.
Datos
El viceministro de Salud, Percy Minaya, dijo que esta sentencia reconoce a la persona el derecho a disponer de su cuerpo y acceder a una muerte digna.
El presidente de la Comisión de Ética del Colegio Médico, Alfredo Celis, indicó que la decisión judicial tiene un vació porque vulnera el artículo 72 del Código de Ética del CMP, lo que le podría generar una sanción penal.
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