/getHTML/media/1229342
Nicolás Yerovi: "Celebramos la sobrevivencia"
/getHTML/media/1229339
Fernán Altuve: "¿Presentar candidato de 87 años se puede considerar estabilidad?"
/getHTML/media/1229338
Orgullo de ser peruano: ¿Qué nos hace sentirlo?
/getHTML/media/1229336
Nancy Arellano sobre Elecciones en Venezuela: "Esta no es una elección tradicional"
/getHTML/media/1229265
Zelmira Aguilar: "Alejandro Villanueva creó el estilo de juego de Alianza y Selección"
/getHTML/media/1229195
Cherman: "Quien me quiebra el lado patriótico fue Juan Acevedo con Paco Yunque"
/getHTML/media/1229190
Marco Poma CEO de Tkambio: "Perú está atrasado en materia de 'open banking'"
/getHTML/media/1229009
Javier Arévalo, escritor: "Sin bibliotecas, el hábito de leer no nace en los niños"
/getHTML/media/1228674
Mujeres Aymaras sorprenden con su arte en Desfile de Modas
PUBLICIDAD

Indecopi: Queda prohibida la venta de chips para celulares en la vía pública

Indecopi estableció, a través de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas, en segunda y última instancia administrativa, que la prohibición de la venta de chips para celulares en la vía pública, dictada por Osiptel, no constituye barrera burocrática.

Imagen
Indecopi advirtió que queda prohibida la venta de chips para celulares en la vía pública. (Imagen referencial/Archivo)
Fecha Actualización
Indecopi estableció, a través de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas, en segunda y última instancia administrativa, que la prohibición de la venta de chips para celulares en la vía pública, dictada por Osiptel, no constituye barrera burocrática.
En ese sentido, la última instancia del Indecopi declaró infundada la denuncia presentada por América Móvil Perú (Claro) en contra del Osiptel, pues consideró que la prohibición sí tiene sustento legal en el artículo 11-D del Texto Único Ordenado de las Condiciones de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, aprobado mediante la Resolución de Consejo Directivo 138-2012-CD-OSIPTEL.
Según Indecopi, la mencionada norma establece que los puntos de venta de chips en distribuidores autorizados deben tener una dirección, la misma que debe ser informada al organismo regulador.
Asimismo, la sala se pronunció en el sentido de que las operadoras de servicios de telefonía tienen la obligación de realizar la verificación biométrica de identidad de los compradores únicamente en sus oficinas o centros de atención y en los distribuidores autorizados.
“Si la venta se realiza en la vía pública, la verificación de la identidad no podría cumplirse y ello vulnera el marco jurídico vigente”, indicó Indecopi.
VIDEO SUGERIDO