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COVID-19: Suspensión de los vuelos procedentes de la India, Sudáfrica y Brasil se mantiene hasta el 22 de agosto

La suspensión de los vuelos provenientes de la India, Sudáfrica y Brasil se mantendrá como medida de prevención ante el avance de la pandemia del COVID-19 en el mundo y pese al reporte de descenso de las cifras de una segunda ola del nuevo coronavirus que afronta el Perú. La medida estará vigente hasta el domingo 22 de agosto.

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La suspensión de los vuelos provenientes de la India, Sudáfrica y Brasil se mantendrá como medida de prevención ante el avance de la pandemia del COVID-19 en el mundo y pese al reporte de descenso de las cifras de una segunda ola del nuevo coronavirus que afronta el Perú. La medida estará vigente hasta el domingo 22 de agosto.
Así lo señala la Resolución Ministerial 144-2021-PCM, publicada este sábado 24 de julio en el Diario Oficial El Peruano, que tiene como objetivo mitigar la propagación del COVID-19 ante la actual emergencia sanitaria. La decisión es parte del constante análisis que realizan las diversas instancias del Poder Ejecutivo.
Suspéndase hasta el 22 de agosto de 2021, el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes de procedencia de la República de Sudáfrica, la República Federativa de Brasil o la República de la India, o que hayan realizado escala en dichos lugares en los últimos 14 días calendario”, indica el dispositivo legal.
“Los peruanos y extranjeros residentes que ingresen al territorio nacional provenientes de esos tres países, o que hayan realizado escala en dichos lugares, realizarán cuarentena obligatoria en su domicilio, hospedaje u otro centro de aislamiento temporal por un periodo de 14 días calendario, contados desde el arribo al territorio nacional”, añade la norma.
Desde el pasado 10 de mayo, el Gobierno ya había dispuesto la restricción de ingreso al Perú de personas procedentes de la India. En conferencia de prensa realizada a finales de abril, la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, indicó que esta restricción se mantendría para Brasil y Sudáfrica, pero levantó para el Reino Unido desde el 10 de mayo.
¿Cuáles son los requisitos para vuelos?
Los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes que ingresen a territorio nacional, independientemente del país de procedencia, deben contar con una prueba molecular o antígena con resultado negativo, conforme a las disposiciones sanitarias vigentes. Aquellas personas cuyo resultado sea positivo, ingresan a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) exhorta a los pasajeros y al público en general a “no bajar la guardia” y a continuar aplicando las acciones que evitan el contagio del coronavirus, como el uso de mascarilla, el lavado de manos y el distanciamiento social.
A la fecha ya no es “necesario” el uso del protector facial en los aeropuertos del país, informó el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur). Esta medida regía desde el pasado 28 de enero de este año para las personas que se disponían a realizar vuelos nacionales e internacionales.
El pasado 12 de julio, el MTC informó que ahora, todo viajero que ingrese al territorio peruano debe contar con resultado negativo de prueba de antígenos, emitido hasta 24 horas antes del embarque y ya no 72 horas.
En el caso de que el pasajero presente la prueba RT-PCR o prueba molecular para el COVID-19, se mantiene el plazo de 72 horas de anticipación. Cualquiera de los resultados debe ser emitido por una institución sanitaria del país de procedencia.
Asimismo, para el caso de reprogramación o demora de los vuelos que conlleve a superar la vigencia de los resultados de la prueba molecular o de antígeno, estos serán admitidos siempre que no haya transcurrido más de 24 horas.
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