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PJ desestima acción de amparo de San Fernando en caso de concertación de precios del pollo

El caso data del año 1997, Indecopi multó a la empresa con 450 UIT por concertar el precio del pollo durante 1995 y 1996. San Fernando anunció que apelará la decisión del Poder Judicial.

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"Cabe mencionar que los productos en cuestión son 8 de los más de 500 que conforman nuestra gama de oferta", señaló la empresa San Fernando.
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Según investigaciones de Indecopi, las avícolas acordaron controlar el peso, beneficiar y congelar carne de pollo con la finalidad de reducir la oferta y evitar que los precios bajen. (GEC)
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Se sabe que la empresa San Fernando apelará la decisión del Sexto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima. (GEC)
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Según investigaciones de Indecopi, las avícolas acordaron controlar el peso, beneficiar y congelar carne de pollo con la finalidad de reducir la oferta y evitar que los precios bajen. (GEC)
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Según investigaciones de Indecopi, las avícolas acordaron controlar el peso, beneficiar y congelar carne de pollo con la finalidad de reducir la oferta y evitar que los precios bajen. (GEC)
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Se sabe que la empresa San Fernando apelará la decisión del Sexto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima. (GEC)
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Se sabe que la empresa San Fernando apelará la decisión del Sexto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima. (GEC)
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Según investigaciones de Indecopi, las avícolas acordaron controlar el peso, beneficiar y congelar carne de pollo con la finalidad de reducir la oferta y evitar que los precios bajen. (GEC)
Fecha Actualización
Luego de 23 años, la empresa San Fernando deberá pagar la multa de S/1'080,000 que le impuso el Indecopi a fines de los años 90 por concertación de precios, luego que el Sexto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima declaró infundada la acción de amparo interpuesta por la reapertura del proceso.
Para entender este caso, debemos remontarnos hasta el año 1997, en esa fecha Indecopi sancionó con una multa de 450 UIT a San Fernando por concertar el precio del pollo durante 1995 y 1996, con el fin de obtener un ilegal aumento del precio.
A finales de los 90, la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Indecopi, sancionó a diversas avícolas por infringir el anterior Decreto Legislativo N° 701, Ley que Elimina las Prácticas Monopólicas, Controlistas y Restrictivas de la Libre Competencia (derogado por el vigente Decreto Legislativo 1034). 
Según investigaciones de dicho ente, las avícolas acordaron controlar el peso, beneficiar y congelar carne de pollo (incluso pollos bebés), con la finalidad de reducir la oferta y evitar que los precios bajen de manera artificial y no por la competencia entre ellas.
Indecopi señala que la concertación privó a los consumidores de su derecho a elegir entre distintos proveedores, precios y calidades.
San Fernando S.A. impugnó la mencionada sanción ante el Poder Judicial, proceso que culminó el 04 enero de 2011 con el pronunciamiento de la Corte Suprema de la República que declaró improcedente el Recurso de Casación que solicitaron.
Tras la resolución, el Indecopi señaló que "continuará firme con la defensa legal contra la acción de amparo de San Fernando S.A. y mantendremos informada a la ciudadanía sobre el resultado del caso en la Corte Superior, debido a la importancia de este caso en relación con la defensa de la libre competencia".
Se sabe que la empresa San Fernando apelará la decisión del Sexto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima.   
SAN FERNANDO RESPONDE
A través de un comunicado, la empresa San Fernando aclaró que esta resolución judicial "no es una nueva sanción o un proceso sancionador adicional", sino que es el remanente procesal que se inició en 1997. 
"Esta resolución está vinculada con el proceso sancionador que en el año 1997 INDECOPI inició por concertación de precios, el mismo que culminó con una sanción de 450 UITs a dos empresas del grupo San Fernando, entre otras. Dicha sanción impuesta fue íntegramente pagada en su momento", señaló en su documento.  
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