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Ejecutivo no podrá subir impuestos a mineras, alquileres ni personas, pese a facultades legislativas

Con 96 votos a favor, 18 en contra y 1 abstención, el Congreso de la República decidió este viernes otorgar facultades legislativas al Gobierno, pero de manera parcial.

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Fecha Actualización
Con 96 votos a favor, 18 en contra y una abstención, el Congreso de la República decidió este viernes otorgar de manera parcial las facultades legislativas al Gobierno en materia tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica.
De esta manera, en el Pleno se aprobó el el texto sustitutorio planteado por la Comisión de Constitución del Parlamento.
Pese a que se autorizó la mayoría de temas planteados por el Ejecutivo, el documento incluye limitaciones respecto al texto original. Es decir, en el dictamen se señala que no podrán realizar cambios al régimen fiscal minero ni subir los impuestos a alquileres, personas naturales o cobrar a plataformas digitales.
Hemos tomado muchas de las propuestas del Ejecutivo y algunas consideramos que por las circunstancias actualmente estamos pasando por problemas de conflictividad social, sobre todo en la minería, no es pertinente entregar, sin embargo, invocamos al ministro de Economía (Pedro Francke) para que presente sus proyectos de ley que estamos dispuestos a discutirla en el Congreso para su aprobación”, mencionó la presidenta de la Comisión de Constitución, Patricia Juárez.
En el caso de los impuestos a la minería para modificar los tramos de margen operativo, aumentando las tasas marginales de las regalías, el impuesto especial de la minería, Juárez indicó que esta facultad fue denegada porque no se tiene precisión de cuáles serían las modificaciones y que, además, porque no se conoce el informe del Fondo Monetario Internacional (FMI).
El Gobierno tampoco podrá tocar los temas ligados a los impuestos a los alquileres (primera categoría) y a los que se paga por la venta de inmuebles, ganancias de capital, entre otros (segunda categoría).
Igualmente queda fuera de la reforma tributaria el incremento del Impuesto a la Renta a las personas naturales (cuarta y quinta categoría) que ganan de S/ 300,000 anuales.
Asimismo, se dejó de lado la posibilidad de que el Gobierno pueda comenzar a cobrar el Impuesto General a las Ventas (IGV) a las plataformas digitales, así como el eliminar la exoneración de dicho tributo a los seguros de vida.
Sistema financiero
Con respecto al pedido de facultades en materia financiera, el Ejecutivo no podrá legislar para que el Banco de la Nación otorgue créditos a personas naturales y mypes.
Además, se decidió que no se eleven los topes de las sanciones que la Superintendencia Banca, Seguros y AFP (SBS) aplica a las empresas del sistema financiero.
El pedido para elaborar una nueva ley de contrataciones del Estado también fue rechazado.
Lo que sí podrá legislar el Ejecutivo
El Gobierno podrá emitir normas para luchar contra la evasión y elusión tributaria, con medidas como el RUC de oficio, acciones contra el mercado negro de facturas, entre otros.
Incluso, se le autorizó extender la exoneración del IGV para los alimentos y de esta manera evitar que los precios de productos de la canasta básica se eleven.
El Poder Ejecutivo también tienen la aprobación para ampliar los beneficios tributarios que se aplican al sector agroexportador, acuicultura y forestal. Asimismo, podrá realizar cambios para mejorar la tributación municipal.
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