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Tributaristas sugieren mantener el impuesto a bebidas alcohólicas, cigarrillos y combustibles para el próximo año

Leonardo López y Pablo Sotomayor, especialistas del rubro, explican las implicancias que tendría actualizar el monto fijo del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).

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Fecha Actualización
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó a inicios de año una resolución ministerial (No. 034-2020-EF/15) que modifica la metodología para la actualización de los montos fijos del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), a un grupo de productos como cigarrillos, bebidas alcohólicas y combustibles. Con ello, los montos fijos de los productos afectos al ISC pueden ser actualizados anualmente durante los 30 primeros días de cada año.
Leonardo López, socio en Hernández & Cía. Abogados y presidente de la Comisión Tributaria de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), sugirió que no se realice una actualización para el año 2021, de forma que pueda continuarse con la recuperación económica.
La norma establece la posibilidad para que el MEF a través de una resolución ministerial actualice el monto fijo en función a la inflación. “Estamos en un contexto especial, complicado, donde cada sol en la caja de las empresas coadyuva a no romper la cadena de pago con proveedores y trabajadores, y cumplir las obligaciones”, señaló.
En esa línea, lo que propuso López es que por esta vez el Estado peruano no ejerza esa potestad que tiene, teniendo en cuenta que la norma establece que el MEF “podrá actualizar”. Considerando que no es un mandato, “sugerimos que el Estado no ejerza la atribución que tiene y que por este año no aumente el ISC de monto fijo”.
Como CCL, López señaló que han enviado una carta al MEF al respecto. El tributarista indicó que esta medida tiene un efecto en cadena, porque al aumentar el ISC a los productos sujetos a monto fijo, eso se traslada al precio y llega al consumidor final. Es decir, afecta a toda la cadena, desde el comerciante mayorista hasta el minorista, como bodegas.
Pablo Sotomayor, tributarista y socio del estudio Miranda & Amado, sostuvo que el ISC tiene dos finalidades: una es desincentivar ciertas conductas, para lo que encarezco las bebidas alcohólicas, cigarros y gaseosas para que no haya tanto consumo; y por otro lado, recaudar, porque si vas a gastar en algo ‘superfluo’ el impuesto es un poco más caro.
“Partiendo de allí, creo que sí sería relevante por el contexto de pandemia en el que estamos y la detracción económica que tenemos, tratar de mantener tributos de bienes de consumo general lo más bajo posible. Eso ayuda a la reactivación económica también. Cualquier impuesto al consumo que se incrementa ahora, lo que hace inmediatamente es evitar el consumo”, precisó Sotomayor.
El especialista añadió que también es cierto que se tratan de bienes particulares en los que la demanda normalmente es estable. Se le llaman bienes inelásticos, porque si ajustas el precio de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC), lo más probable es que no se mueva el consumo. Aunque siempre existe el riesgo que los consumidores busquen alternativas, como productos adulterados para ahorrar. Pero es un riesgo que igual existe hoy en día, dijo.
“Entonces, en general sería una medida prudente no actualizar el monto fijo. Asimismo, habría que ver cuál es el IPC de acuerdo con cada rubro, porque eso dirá si habría que hacer el ajuste o no. Creo que la inflación está bien baja, y probablemente el ajuste sea menor. Habría que ver en enero al cierre del ejercicio”, puntualizó el tributarista.
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