Hasta junio, más de 29 mil empresas, que involucran a 30 mil trabajadores habían solicitado la suspensión perfecta, pero solo 450 habían sido aprobadas. (Foto: GEC)
Hasta junio, más de 29 mil empresas, que involucran a 30 mil trabajadores habían solicitado la suspensión perfecta, pero solo 450 habían sido aprobadas. (Foto: GEC)

Aquellas empresas que durante el Estado de Emergencia decidieron acogerse a la podrán hacer -si así lo requieren- una renovación automática de su situación hasta el 7 de octubre.

En una resolución ministerial publicada hoy en el diario oficial El Peruano, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispone que el periodo de suspensión puede extenderse hasta el 7 de octubre, debido a la ampliación de la emergencia sanitaria. Originalmente, se había puesto como plazo final el 9 de julio y para ampliar el plazo, la empresa debía volver a presentar su solicitud.

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De acuerdo con Percy Alache, director del Área Laboral de PwC Perú, la resolución establece una ampliación única y aplica a las empresas que hayan iniciado la suspensión perfecta antes del 9 de julio y también pueden acogerse aquellas empresas que estaban tramitando su acogimiento, aunque no hayan tenido respuesta por parte de la autoridad laboral.

El trámite se deberá realizar en la plataforma virtual del MTPE del 10 al 17 de julio y no requerirá de la presentación de nuevos expedientes. Sin embargo, la empresa está obligada a comunicárselo a todos los trabajadores afectados mediante medios físicos o digitales.

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Hasta el mes de junio, más de 29 mil empresas, que involucran a 30 mil trabajadores habían solicitado acogerse a esta figura, pero solo 450 habían sido aprobadas, según el MTPE.

La medida que se anunció en el mes de abril ha permitido que las empresas con una fuerte afectación económica suspendan el pago de haberes a sus trabajadores, siempre que les resulte imposible aplicar el trabajo remoto y que hayan agotado otras posibilidades legales.

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