Sunafil plantea proyecto para fiscalizar brecha salarial entre hombres y mujeres

La propuesta propone que a partir del 1 de julio se inicien las labores de fiscalización en empresas, mientras que en mypes regirá desde el 1 de diciembre. El proyecto de la Sunafil recibirá comentarios durante un plazo de 30 días hábiles.
El protocolo planteado por Sunafil se sustenta en la Ley N° 30709, que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres. (Foto: GEC)

La  prepublicó el documento denominado "Protocolo para la fiscalización de las obligaciones en materia remunerativa previstas en la Ley N° 30709", que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres".

A través de la resolución de superintendencia N° 111-2019-SUNAFIL, publicada hoy en El Peruano, la Sunafil indicó que el documento tiene como objeto establecer las reglas y pautas para la fiscalización de las obligaciones en materia remunerativa entre hombres y mujeres.

El ámbito de aplicación del protocolo será a nivel nacional a cargo de las intendencias regionales de la Sunafil, de los gobiernos regionales y de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

El proyecto de la Sunafil señala también que la función de fiscalización comenzaría a partir del 1 de julio de este año para las empresas, pero en el caso de las micro y pequeñas empresas (mypes) se daría desde el 1 de diciembre.

El organismo fiscalizador requerirá a las empresas criterios objetivos de justificación a las cuales se les halle brechas salariales entre hombres y mujeres tales como antigüedad, desempeño, escasez de oferta de mano de obra calificada para un puesto determinado, etc.

Cabe señalar que el proyecto de la Sunafil recibirá comentarios durante un plazo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la resolución. 

Lee aquí el proyecto de protocolo de la Sunafil:  

Protocolo para la Fiscalización de las Obligaciones en Materia Remunerativa previstas en la Ley N° 30709 by Núcleo de comunes on Scribd

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