Retiro de AFP: ¿Cómo solicitar el retiro de S/ 17,600 si el DNI está vencido?

La SBS habilitó una web para solicitar el retiro de hasta S/ 17,600 de tu AFP. Hoy puedes enviar tu solicitud si tu documento termina en el número 7. ¿Pero qué sucede si tu DNI está vencido?
¿Puedo retirar 4 UIT si mi DNI caducó? (Foto: Britanie Arroyo | GEC)

Hoy puedes presentar tu solicitud para retirar hasta 4 unidades impositivas tributarias (UIT) de tu Administradora de Fondo de Pensiones () si tu DNI termina en el número 7. De hecho, uno de los requisitos es ingresar el número de tu documento. ¿Pero puedo acceder al retiro de hasta S/ 17,600 si mi DNI está vencido?

Iniciar el trámite es sencillo. Solo debes ingresar a la plataforma habilitada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS): . Dentro, deberás completar los siguientes pasos:

MIRA: Retiro AFP: ¿Qué puedo hacer si desisto de retirar mis fondos aunque ya presenté mi solicitud?

El segundo paso es ingresar tu número de DNI. ¿Y si está caducado? No pasa nada. A raíz de la pandemia del COVID-19, el Gobierno ordenó que los documentos vencidos o por caducar mantengan su vigencia, para evitar posibles contagios de la enfermedad.

Esta medida fue ampliada hasta el próximo 30 de junio de 2021, lo que permite a la ciudadanía realizar diversos trámites.

El único detalle a tomar en cuenta es que la base de datos del sistema considera los documentos hasta el 15 de mayo. Es decir, si lograste renovar tu DNI después de esa fecha, igual deberás registrar tu solicitud con los datos de tu documento vencido.

¿Cuándo debo presentar la solicitud?

Los afiliados podrán realizar dicho trámite en los próximos días de acuerdo con el mencionado cronograma que aquí se detalla:

¿Cuándo recibiré los S/ 17,600?

El dinero de los afiliados será repartido de la siguiente manera:

El valor de la UIT a tomar en cuenta para el retiro facultativo es aquel que se encuentre vigente a la fecha de presentación de la solicitud por parte del afiliado ante la AFP. Actualmente es equivalente a S/ 4,400.

Las AFP divulgarán en su sitio web o la del gremio que las representa (Asociación de AFP) toda información de carácter general y sobre el estado del trámite de los afiliados.

Las compañías también serán responsables de realizar la retención judicial o convencional solo respecto de aquellos pronunciamientos derivados de deudas alimentarias, hasta por un máximo del 30% del monto retirado en cada armada.

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