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Retiro CTS 2022: ¿Quiénes podrán retirar el 100% de su CTS?
El Ejecutivo promulgó el miércoles 25 de mayo la ley que autoriza la disposición del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) “a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia”. En esta nota te contamos quiénes podrán retirar el dinero.
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El Ejecutivo promulgó el miércoles 25 de mayo la ley que autoriza la disposición del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) “a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia”. En esta nota te contamos quiénes podrán retirar el dinero.
La Ley N° 31480 indica que el Poder Ejecutivo dictará las disposiciones reglamentarias necesarias para el desembolso de la CTS en el plazo máximo de 10 días calendario, es decir, vence el 5 de junio, “por lo que en la práctica los retiros podrían efectuarse desde el lunes 6 a más tardar”, precisó Jorge Carrillo, profesor de Pacífico Business School.
La medida indica que, por única vez, se podrá retirar el 100% de la CTS hasta diciembre de 2023.
Cabe señalar que la CTS tiene como propósito fundamental prever el riesgo que origina el cese de la relación laboral y la consecuente pérdida de tus ingresos, en pocas palabras es el ‘seguro’ con el que cuenta el empleado cuando rompe su relación con la empresa en la que ha laborado.
¿Quiénes podrán retirar el 100% de la CTS?
Todos los trabajadores sin excepción están habilitados para realizar el desembolso de la totalidad de su CTS, pero debemos tener en cuenta que solo pueden hacerlo quienes están en el sistema formal; ya que los demás empleados informales no cuentan con este beneficio.
Entre los beneficiarios directos de la Ley N° 31480, promulgada por el gobierno de Pedro Castillo, también se encuentran los trabajadores del régimen privado que laboren una jornada mínima de cuatro horas al día y los que trabajan para empresas pequeñas, así como trabajadores del hogar y del régimen agrario.
Los trabajadores bajo el régimen CAS no acceden a este beneficio, tampoco los que emiten recibos por honorarios profesionales.
¿Cuántos retiros de CTS ya se han aprobado en pandemia?
En el estado de emergencia ya se permitió dos veces la disposición de la CTS:
La primera a través del Decreto de Urgencia 033-2020, que permitía dos retiros hasta de S/ 2,400 cada uno.La segunda mediante la Ley N° 31171, en el que los trabajadores dispusieron del 100% de sus depósitos hasta el 31 de diciembre del 2021.
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