/getHTML/media/1239557
Gobierno se endeudará por aviones de guerra y no para seguridad| La Voz del 21
/getHTML/media/1239537
José Baella sobre caso Vladimir Cerrón: "Se debería investigar la contradicción de la Policía"
/getHTML/media/1239536
Fuad Khoury: "No es el momento para invertir en aviones de guerra"
/getHTML/media/1239269
Impulsared: el programa que promueve el desarrollo a través del emprendimiento
/getHTML/media/1239371
Romy Chang sobre 'Chibolín': "La caución asegura la permanencia de Elizabeth Peralta"
/getHTML/media/1239361
José Carlos Mejía, abogado de agente 'Culebra' habla sobre supuesto atentado: "Han sido dos extraños incidentes"
/getHTML/media/1239253
Dina Boluarte endeudará al Perú por S/ 7,500 millones para comprar 12 aviones de combate
/getHTML/media/1239252
Adrián Simons: "Tipificar terrorismo urbano no soluciona nada"
/getHTML/media/1239251
Todo lo que debes saber sobre el sorteo 'Escapada de Primavera'
/getHTML/media/1239126
Gobierno de Dina Boluarte sin rumbo ante criminalidad | La Voz del 21
/getHTML/media/1239123
Víctor García Toma: "El JNE debió anular la inscripción de A.N.T.A.U.R.O"
/getHTML/media/1239120
Mariano González: "Este gobierno-Dina Boluarte- representa más al crimen que a los peruanos"
/getHTML/media/1239127
Malena Morales de Alicorp y su compromiso con los emprendedores peruanos en Marcas y Mercados
/getHTML/media/1238304
Los mejores libros del siglo XXI según The New York Times | Biblioteca de Fuego
/getHTML/media/1238207
118 mujeres han sido víctimas de feminicidio en lo que va de 2024
PUBLICIDAD

Régimen Especial de Jubilación Anticipada: ¿Cuáles son las condiciones para acogerse?

Congreso promulgó la Ley que establece el Régimen Especial de Jubilación Anticipada para desempleados en el sistema privado de pensiones.

Imagen
El régimen vencería este 31 de diciembre pese a la ampliación aprobada por el Congreso. (Foto: GEC)
Imagen
El decreto del MEF también establece un aumento de S/35 para los que perciben una pensión de viudez, orfandad y ascendencia. (Foto: GEC)
Imagen
Los recursos transferidos por el MEF no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. (Foto: GEC)
Fecha Actualización
El Congreso de la República promulgó hoy el Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA), norma que ya había sido aprobada por el pleno y que ahora es permanente. Esto se aplica para los desempleados del sistema privado de pensiones.
Mediante la LEY Nº 30939 publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano se modifico el régimen, destinado a aquellos afiliados que cumplan las siguientes condiciones:
- Al momento de solicitar el beneficio, la persona debe tener como edad mínima 55 años cumplidos en el caso de los varones y cincuenta 50 años cumplidos en el caso de las mujeres.
- Estar desempleados durante 12 meses consecutivos o más, acreditando su fecha de cese con documento de fecha cierta.
- En caso de que, durante el periodo antes mencionado, el afiliado hubiese percibido ingresos de cuarta categoría, el valor total de dichos ingresos debe ser menor o igual al valor equivalente a siete 7 Unidades Impositivas Tributarias, debiendo presentar documento de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) que lo sustente.
- Además debe obtener una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses, debidamente actualizadas deduciendo las gratificaciones.
- Asimismo, para evitar perjudicar a las personas afiliadas al seguro social de salud, la ley señala que el monto equivalente al 4.5% restante del fondo utilizado para el acceso a los regímenes de jubilación deberá ser retenido y transferido por la AFP directamente a EsSalud en un periodo máximo de 30 días.
Bono de Reconocimiento
Este régimen da derecho a la redención del Bono de Reconocimiento, a los dos años siguientes de su acogimiento o cuando el afiliado cumpla 65 años, lo que suceda primero.
“Aun cuando se hayan agotado con anterioridad los fondos de la cuenta individual de capitalización (CIC) del afiliado y previa información de la administradora privada de fondos de pensiones (AFP) de los afiliados calificados para acceder a este régimen”, se detalla en la norma.