Proyecto de ley que busca restringir publicidad de alimentos atenta contra el derecho a la información y es inconstitucional, según analistas.
Proyecto de ley que busca restringir publicidad de alimentos atenta contra el derecho a la información y es inconstitucional, según analistas.

Un nuevo proyecto de ley relacionado con la publicidad de alimentos y bebidas ha despertado el debate y la crítica entre analistas. Se trata del proyecto de ley 4585/2022-CR, presentado por la congresista no agrupada (ex Perú Libre y Bloque Magisterial) , sí la misma que ahora es denunciada por ‘mochar’ el sueldo de sus trabajadores para mejorar su imagen (ver pág. 6).

Dicha iniciativa legislativa lleva el título de “Ley que prohíbe la publicidad de productos y alimentos y bebidas no alcohólicas con grasas trans y de alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas dirigida a niños, niñas y adolescentes menores de 16 años de edad”. Y en su artículo puede leerse que el objeto de la ley es “prohibir la publicidad mediante televisión, cine, redes sociales o cualquier canal digital de los productos mencionados”.

Además, la propuesta tiene como finalidad, según su artículo 2, coadyuvar a prevenir, reducir y eliminar “enfermedades vinculadas al sobrepeso, la obesidad y las enfermedades crónicas conocidas como no transmisibles”. En los demás artículos dispone medidas como establecer que toda la publicidad relacionada con dichos productos solo se pueda transmitir “entre las 22:00 y las 6:00 horas” en televisión, cines, redes sociales o canales digitales.


INCONSTITUCIONAL Y CONTRA EL DERECHO A LA INFORMACIÓN

Para los analistas, la iniciativa de Ugarte es inconstitucional, pues atenta tanto contra el derecho a la información de los consumidores como contra la libertad de empresa. De acuerdo con el exgerente legal del Indecopi Pierino Stucchi, es una medida excesiva porque limita la información que los consumidores deben recibir sobre la existencia y variedad de productos, así como las mismas advertencias que se incluyen en los espacios publicitarios.

“Precisamente, la advertencia en la publicidad es la que transmite la información que se necesita para tomar buenas decisiones, por un lado. Por otro lado, colocar la regla de que la publicidad sea nocturna, es decir, cuando las personas duermen, equivale a prohibir la publicidad. Porque, si la publicidad se va a hacer en la madrugada, sobre productos que la canasta básica puede necesitar para el efecto nutricional en las familias, ese es un eufemismo”, dijo Stucchi.

A ello agregó que el proyecto “es inconstitucional porque limita sin necesidad y de manera exorbitante la libertad de empresa para informar a los consumidores y, por otro lado, el derecho a los consumidores a la información porque para eso están los octógonos”.

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En esa línea, el director del Instituto de Estudios del Derecho de los Medios y las Audiencias (Idecom), Jorge Baca Álvarez, consideró que la propuesta carece de criterios técnicos y, antes de su presentación, debió recoger la opinión de la Sociedad Nacional de Industrias, los anunciantes y los medios de comunicación.

“La Ley de Promoción para la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes, en un primer momento se publicó incluyendo una prohibición de la publicidad que no obedecía al texto aprobado en el Pleno y mereció una corrección. No se puede prohibir la publicidad. Está claro que la publicidad es la manera más eficiente y menos onerosa por la que los consumidores toman conocimiento de los productos y servicios que se ofrecen en el mercado”, dijo, coincidiendo con Stucchi.


EDUCACIÓN NUTRICIONAL

Por otra parte, el presidente de la Asociación de Bodegueros del Perú, Andrés Choy, también expresó su preocupación por la desinformación que podría generarse hacia los consumidores.

“Se cree que dictando leyes populares vamos a cambiar los hábitos de consumo de la población, cuando lo que se debería hacer es enseñar en los colegios las bondades de la alimentación saludable y no restringir la información, ya que la publicidad no solo es para niños, niñas y adolescentes, sino para todos los consumidores”, aseveró.

La implementación de una política de educación nutricional fue un aspecto que destacó Stucchi, pues afirmó que las personas deberían poder saber cuántas calorías requieren según su edad o qué alimentos deberían priorizar.

“Las prohibiciones por sí mismas no tienen resultado cuando se trata de productos alimenticios de libre venta; es la información con la educación. Hay que mirar al mundo y mirar las experiencias internacionales”, destacó.

Doble filo

Baca Álvarez también considera que la propuesta busca vulnerar la sostenibilidad de los medios, pues se dirige claramente contra la publicidad.

“Esto trae consigo ir contra los medios de comunicación. Porque, por supuesto, si el único ingreso que tienen es la publicidad y, a partir de una disposición antitécnica y sin ningún rigor de haberla sometido a análisis de las partes involucradas se prohíbe la publicidad, este es un despropósito y atenta contra los medios. Evidentemente se busca vulnerar la sostenibilidad de los mismos”, advirtió Baca.


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