¡Atención! Podrás ingresar bebidas alcohólicas a salas 'prime' de cines

Dado que resolución señalaque se pueden ingresar los mismos productos o similares a los que se venden en sus instalaciones.
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Para salas 'Prime' de cines
Indecopi sancionó a Gloria, Laive y Nestlé. (USI)
Salas de cine no podrán prohibir llevar alimentos
Para salas 'Prime' de cines
Indecopi sancionó a Gloria, Laive y Nestlé. (USI)
Salas de cine no podrán prohibir llevar alimentos

La secretaria técnica de la Sala de Protección al Consumidor de , Liliana Cerrón, sostuvo en RPP que los consumidores podrán ingresar con bebidas alcohólicas a las salas de cine 'prime' de y .

Dado que en las salas 'prime' ya vendían estos productos, la resolución permitiría que los consumidores ingresen a las instalaciones con bebidas alcoholicas.  "Los alimentos que se ingresen serán aquellos iguales y/o de similares características a los que se vendan en dichos locales, de acuerdo a los usos y costumbres del mercado", indica el documento.

"Bueno, la Sala (del Indecopi) ha dicho que se puede ingresar productos similares o parecidos con las mismas características, habría que ver qué tipo de sala (de cine) es, y yo podría ingresar", comentó la funcionaria.

Cabe recordar que estas salas de cine tienen un precio de entrada mayor al de las salas convencionales, pues el concepto 'prime' implica mayor comodidad. Las instalaciones cuentan con sofás reclinables, con reposapiés y las entradas traen pisco sour de cortesía (en algunos casos). Además venden comidas preparadas, como pizzas y piqueos, y algunas bebidas alcohólicas como cervezas, entre otros.

Pero, cuidado. Esto no significa que puedas entrar con una caja de cervezas o una botella de wisky. Si es que se atiende la proporcionalidad de las bebidas alcohólicas que ofrecen, el usuario solo podrá entrar con un vaso de la bebida.

La representante de Indecopi explicó que el fundamento de la resolución contra Cineplanet y Cinemark se basó en garantizar el derecho de los consumidores a la libre elección, en la compra de productos sean alimentos o bebidas.

"La Sala Especializada en Protección del Consumidor durante el procedimiento pudo verificar que en efecto esta restricción constituía una cláusula abusiva que limitaba el derecho de los consumidores a la libre elección", agregó.

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