Ricardo Herrera considera que el grupo de trabajo debe incluir a representantes de las partes que participan en estas actividades. (Foto: AFP)
Ricardo Herrera considera que el grupo de trabajo debe incluir a representantes de las partes que participan en estas actividades. (Foto: AFP)

El primer paso para que los servicios mediante aplicativos sean regulados, podría darse en los siguientes tres meses, debido a una resolución del (MTPE).

Esta dispone crear un grupo de trabajo en los siguientes 10 días hábiles a su publicación y su fin será “analizar la problemática sobre las condiciones de empleo de las personas que prestan servicios en plataformas digitales y plantear recomendaciones”. Tras 90 días hábiles, el grupo de trabajo, integrado por representantes del MTPE, la Sunafil y el Consejo Nacional del Trabajo, deberá presentar un informe con tales sugerencias.

Para el abogado laboralista del Estudio Muñiz, Ricardo Herrera, el equipo también debería incluir a y de quienes brindan servicios, para así dar propuestas con actores que saben de la problemática de estas actividades. “No creo que una comisión que no considere a los representantes de las aplicaciones y de los trabajadores sea legítima”, precisó.

Tenga en cuenta

De acuerdo con Ricardo Herrera, el grupo de trabajo debería evaluar si los vínculos con los aplicativos implican prestación de servicios, remuneración y subordinación. “Son las tres reglas básicas dentro de una relación laboral”, aclara el especialista.

Por ello destaca que la clave es analizar el tipo de trabajo que se lleve a cabo. "Si uso mi auto y me afilio a una aplicación, recibo convocatorias para recoger personas, y puedo decidir si lo hago o no, entonces quiere decir que decido qué hago con mi tiempo y que soy independiente. Esta sería una relación regulada por el código civil y deberé tener mi SOAT. Sin embargo, si estoy a disposición de la aplicación y tengo que aceptar las solicitudes todo el tiempo (obligatoriamente), entonces hay una relación laboral”, explica.

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