Fondo de seguro para proteger los ahorros en entidades financieras sube a S/ 112,853

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) actualizó el monto de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) para el periodo que va de setiembre a noviembre del 2021.
La SBS aumentó la cobertura de S/ 107,198 a S/ 112,853 para el periodo setiembre a noviembre 2021. (Foto: GEC)

La actualizó a S/ 112,853 el monto máximo que cubre el Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) para los meses de setiembre a noviembre de este año.

La cifra actual es S/ 5,655 más alta que lo establecido por la SBS para el periodo julio a agosto del 2021, que era de S/ 107,198.

Los depósitos asegurados son los que se encuentran en bancos, empresas financieras y cajas municipales de ahorro y crédito y cajas rurales de ahorro y crédito. Sin embargo, la cobertura no aplica para las cooperativas.

MIRA: Aelucoop en liquidación: Esto deben saber los ahorristas para obtener la devolución de su dinero

En el caso de las cooperativas, estas entidades contarán con el Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo (FSDC), cuyo monto máximo de cobertura es de S/ 10,000, pero que recién entraría en vigencia a mediados del 2022.

¿Cómo funciona este fondo?

El Fondo de Seguro de Depósito protege los ahorros de las personas naturales y jurídicas privadas sin fines de lucro, así como los depósitos a la vista (cuentas corrientes) de las demás empresas.

Este seguro es gratuito para los ahorristas, y no requiere de ninguna inscripción previa.

Cuando una entidad financiera supervisada por la SBS es declarada en estado de disolución y liquidación, el FSD paga a los ahorristas el monto que tenían acumulado en esta entidad (cuentas de ahorro, cuentas corrientes y depósitos a plazo), hasta por el monto máximo de cobertura vigente.

MIRA: Aelucoop: Salió la primera lista de ahorristas que cobrarán liquidación hasta S/ 3,000

Jorge Carrillo Acosta, profesor de Pacífico Business School, explicó que el FSD es importante porque permite al ahorrista recuperar su dinero (incluidos los intereses ganados) hasta el monto máximo indicado, ante la posibilidad de quiebra de alguna de las entidades financieras aseguradas.

El FSD cubre los depósitos en moneda extranjera en su equivalente en moneda nacional. En el caso de las cuentas mancomunadas se divide el saldo de las mismas a prorrata entre los titulares.

VIDEO RECOMENDADO

¿Qué pasa con mi dinero si la entidad financiera quiebra?


Tags Relacionados:

Más en Economía

La Sunat subastará 16 inmuebles el 24 de julio

CCL: hay 2.9 millones de peruanos que no han concluido sus estudios superiores

Intervención de Caja Sullana alerta sobre los riesgos de leyes del Congreso mal concebidas

Antimineros en contra de proyecto Tía María

¿Por qué Backus AB Inbev logró el título anunciante del año por segunda vez consecutiva?

Aumento EN DUDA | Ministro de Trabajo: “La presidenta está muy preocupada por el incremento del sueldo mínimo”

Siguiente artículo