Empresas podrán pedir subsidio de EsSalud por inasistencia de trabajadores con certificados vencidos desde febrero

Si un trabajador se encuentra incapacitado por más de 20 días, el Estado asume su sueldo. Para ello, la empresa solicita un reembolso a EsSalud. En el caso de los enfermos de COVID-19, el subsidio podría aplicar desde el día uno.
Si un trabajador se encuentra incapacitado por más de 20 días, el Estado asume su sueldo. Para ello, la empresa solicita un reembolso a EsSalud. En el caso de los enfermos de COVID-19, el subsidio podría aplicar desde el día uno. (Foto: César Bueno | GEC)

El Gobierno permitirá que las empresas presenten certificados médicos particulares fuera de plazo, con lo cual podrían acceder al subsidio de si cuentan con trabajadores enfermos.

Si un trabajador se encuentra incapacitado por más de 20 días, el Estado asume su sueldo. Para ello, solicita un reembolso a EsSalud, pero la condición es que el certificado médico sea presentado en los primeros 30 días hábiles de emitido.

A raíz de la pandemia del , los sistemas se han visto saturados, afirma la abogada laboralista Mónica Pizarro.

“Hay muchos empleadores que, con todos los problemas que ha habido, no han estado en posibilidad de coordinar con los trabajadores para canjear a tiempo los certificados médicos. La plataforma no ha estado funcionando bien”, señaló a este diario la socia del Estudio Echecopar.

La medida fue aprobada vía Resolución de Gerencia General Nº 1063-GG-ESSALUD-2020, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

La norma detalla que los empleadores podrán solicitar el subsidio con certificados fuera del plazo permitido. Específicamente, desde 30 días hábiles antes de iniciada la hasta que termine.

Este proceso está referido a los certificados médicos particulares, que deben ser canjeados ante EsSalud para pedir el reembolso del salario de sus trabajadores.

“Normalmente tienes un plazo de 30 días desde que se emite el certificado. El procedimiento de canje se realiza con EsSalud”, explicó Pizarro.

Añadió que esta medida no solo atañe a los trabajadores incapacitados por más de 20 días, sino a quienes hayan tenido un descanso menor por COVID-19.

“Podría ser relevante para descansos menores a 20 días de personas que hayan tenido COVID-19 y que tengan ingreso menor a S/2,400. En el caso de estas personas, el Estado ha dispuesto que el subsidio no se pague a partir del día 21, sino del día uno”, puntualizó la abogada.

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