Día de la Competencia: Estas son las cuatro amenazas regulatorias que enfrenta el mercado peruano

Ejecutivos de los estudios León e Iparraguirre y Muñiz evalúan las últimas propuestas para cambiar el régimen que rige al sector empresarial, en el marco del Día de la Competencia de este primero de setiembre.
"Hay varios intentos de regular actividades económicas en el Perú", sostienen expertos. (Foto: GEC)

A propósito del Día de la Competencia en el mercado peruano (primero de setiembre), el socio del Estudio León e Iparraguirre, Gianfranco Iparraguirre, nos ofrece su opinión acerca de los recientes cambios que se han dado y se pretenden dar al régimen que rige a la actividad empresarial.

Es relevante considerar que cualquier corrección al marco regulador de la actividad empresarial debe darse sobre la base de una mesa de trabajo, donde se evalúe todos los ángulos posibles de la iniciativa de modificación. Por ejemplo, eso no ha ocurrido con los cambios propuestos por el Congreso”, manifestó el abogado del Estudio León e Iparraguirre, boutique legal especializada en derecho de mercado.

Agregó que existen medidas que van directamente contra la aplicación del programa de clemencia (abuso de poder económico) o introducen terminología que genera incertidumbre como “precio habitual” (delito de acaparamiento y especulación). “Ambas situaciones atentan con los principios de libre competencia de la economía peruana”, expresó Indacochea.

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Por su parte, Pierino Stucchi, socio del estudio Muñiz y exgerente legal de Indecopi, comentó que existen cuatro amenazas regulatorias dentro del mercado peruano.

Precisó que, en el contexto de crisis por la pandemia, hay varios intentos de regular actividades económicas en el Perú, sin la participación de los expertos en las materias abordadas y sin un debido análisis.

Detalló que uno de los ejemplos es la Ley que Modifica el Código Penal y el Código de Protección y Defensa del Consumidor que, entre otros, configura los delitos de abuso de poder económico, acaparamiento y especulación, que el Congreso aprobó por insistencia.

No es un Día de la Competencia para celebrar, sino para estar atento, preocupados y activos para impedir que ocurra todo eso”, declaró a este medio.

Es así que a continuación explicó los riesgos que enfrenta nuestro país en el marco regulatorio en esta coyuntura.

DELITO DE ABUSO DE PODER ECONÓMICO

Iparraguirre manifestó que, con la última reforma de Indecopi en 2008, todos los delitos vinculados a la libre competencia se retiraron del Código Penal porque se entendió que no eran investigados a profundidad y no disuadía a las personas a cometer actos en contra de la competencia.

Sobre este mismo delito, Stucchi detalló que “con la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas se hizo que se multara directamente a los gerentes y directores”. Además, indicó que Indecopi, con la experiencia de identificar cárteles o abuso de posición de dominio, es mucho más eficaz que el Ministerio Público”.

Indicó que, de incluir como ley este tipo de sanciones, entorpecería la labor del ente regulador, debido a que sufriría el problema de quién investiga primero, si Indecopi o la Fiscalía. “¿A quién se hace caso si inspecciona a la vez y llegan a diferentes conclusiones?”, se preguntó.

DELITOS DE ACAPARAMIENTO Y ESPECULACIÓN

Como sanción penal también se derogó en 2008 porque se consideró inconstitucional. En el fondo lo que te dice el acaparamiento es que no puedes dosificar tus stocks y tienes que venderlos de inmediato. En un mercado como el nuestro de libre competencia nadie puede acaparar bienes sobre todo cuando hay otros que pueden ofrecerlos, dijo.

Incluso, refirió que de notarse un acaparamiento real en el mercado solo podría ser realizado por una empresa dominante. Así que ese tipo penal debió haber previsto el elemento de dominancia para evitar investigaciones sobre conductas no lesivas y condenas erróneas.

Stucchi agregó que las medidas restrictivas del acaparamiento, que se publicará pronto, está defectuosamente planteada. Mientras que la medida para el delito de especulación lo ha empeorado.

Lo que te dicen es que en medio de una situación de crisis solo puedes subir tus precios cuando aumentan tus costos. No siempre hay una relación porque puede haber escasez”, puntualizó.

Además, sostuvo que la implementación de controles de precios elimina los incentivos para ampliar la oferta. Puso como ejemplo el tema de mascarillas, equipos de protección, alcohol, etc., cuyos incrementos iniciales provocaron que muchas empresas giren hacia la atención de demanda insatisfecha, empujando finalmente los precios hacia niveles regulares.

FALTA DE IMPARCIALIDAD

Pierino Stucchi manifestó que hasta ahora no se corrige la falta de imparcialidad en primera instancia cuando Indecopi evalúa y sanciona las conductas anticompetitivas.

Por eso, señaló que las funciones del fiscal administrativo de la secretaría técnica de Indecopi, quien acusa a las presuntas empresas infractoras, deben estar separadas de los que deciden, que son los de la Comisión de Defensa de Libre Competencia del Indecopi, para que todo sea más transparente.

Es un cambio interno dentro de Indecopi que le daría una mayor imparcialidad a su accionar en los diferentes casos que debe resolver ante la comunidad empresarial”, manifestó Iparraguirre.

MODIFICACIÓN DEL DU SOBRE FUSIONES Y ADQUISICIONES

Esta regulación generaría sobrecostos e inciertos beneficios”, sostuvo Iparraguirre. A ello se suma más incertidumbre, pues el Congreso va camino de aprobar un proyecto que tiene por objeto sustituir este Decreto de Urgencia por una nueva ley con reglas más graves para las fusiones y adquisiciones empresariales.

Acá hay cero planificación, desorden e incertidumbre. Para superar la crisis, las empresas ahora no saben si fusionar o vender, se han quedado paralizadas, porque piensas que van a sufrir el sobrecosto de un procedimiento”, remarcó, por su parte, Stucchi.

El otro elemento de esta amenaza que causará incertidumbre es que esta ley dirá que el Indecopi podrá actuar, de oficio, en los casos que haya indicios razonables para considerar que la operación de concentración puede generar posición de dominio o afecte la competencia efectiva en el mercado relevante.


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