(David Huamaní)
(David Huamaní)

Redacción PERÚ21

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El día de ayer, en su Mensaje a la Nación por Fiestas Patrias, el presidente Pedro Pablo Kuczynski (), anunció que la Superintendencia Nacional de Migraciones ampliará el otorgamiento del Permiso Temporal de Permanencia a los ciudadanos venezolanos que ingresen de manera regular al país hasta el 31 de julio de este año.

Precisamente hoy se publicó un Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano y se espera beneficiar a más de 8,000 venezolanos que ingresaron al país desde febrero pasado.

En un anterior decreto, la norma benefició a más de 11,000 venezolanos que ingresaron al Perú previo al 2 de febrero del presente año.

Cabe recordar que el Permiso Temporal de Permanencia permite a los ciudadanos venezolanos regularizar su permanencia en el país, desarrollar actividades laborales y acceder a diversos servicios como salud y educación.

También pueden obtener un número de Registro Único de Contribuyente (RUC) para realizar actividades económicas sujetas al pago de impuestos.

El plazo para presentar la solicitud será de 120 días hábiles, computados a partir de la entrada en vigencia del Decreto Supremo, el 1 de agosto.

Requisitos

Para tramitar el permiso, el ciudadano debe haber ingresado legalmente al Perú y encontrarse en el territorio nacional antes de la entrada en vigencia de la norma.

Además, no debe tener antecedentes policiales, penales y/o judiciales a nivel nacional e internacional; así como la Ficha de Canje Internacional Interpol.

Tampoco deberá estar comprendido en los supuestos del artículo 48 del Decreto Legislativo 1350, Nueva Ley de Migraciones.

Los solicitantes deberán obtener una cita en línea en la página web de (www.migraciones.gob.pe), pagar el derecho de trámite (S/.41.90), y presentar una copia simple del pasaporte o cédula de identidad con el que registró su ingreso al país.

Luego deberá acudir a la sede central de Migraciones o a la Jefatura Zonal del interior del país para realizar su trámite, y presentar una declaración jurada de no poseer antecedentes policiales, penales y judiciales; además de la Ficha de Canje Internacional-Interpol.

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