/getHTML/media/1238503
Rubén Vargas sobre inseguridad: "Se necesita inteligencia no estado de emergencia"
/getHTML/media/1238497
Gilmer Meza de Sutep Lima: "Ministro de Educación -Morgan Quero- debería de renunciar"
/getHTML/media/1238485
Alfonso Bustamante CONFIEP sobre inseguridad: "No hay liderazgo, hay ineficiencia"
/getHTML/media/1238306
Mariana Costa de Laboratoria habla sobre sus encuentros Obama y Zuckerberg en La del Estribo
/getHTML/media/1238304
Los mejores libros del siglo XXI según The New York Times | Biblioteca de Fuego
/getHTML/media/1238303
¿Cementos y fútbol femenino? Gabriel Barrio de Unacem en Marcas y Mercados
/getHTML/media/1238207
118 mujeres han sido víctimas de feminicidio en lo que va de 2024
/getHTML/media/1238198
Lo último: allanan la casa de 'Chibolín'
/getHTML/media/1237508
Hugo de Zela sobre viaje a EE.UU.: "Se intentó explicar al Congreso, pero Dina no quiso"
/getHTML/media/1237506
Abraham Levy: "Hay mucho desinterés sobre los incendios forestales"
/getHTML/media/1237484
Darío Sztajnszrajber, filósofo: "Aprendamos a vivir el amor también con sus sombras"
PUBLICIDAD

Cuándo pagarán la CTS de mayo

Todo lo que debes saber sobre la CTS de mayo de 2022. Conoce plazos, porcentajes y a quiénes le depositarán este beneficio laboral.

Imagen
Fecha Actualización
¿Cuánto te deben depositar de CTS? Los empleadores deben depositar este mes de mayo la Compensación por Tiempo de Servicios, pero ¿Sabes cuál es el plazo máximo para hacerlo y en qué caso la puedes usar?
Este beneficio laboral es intangible y solo debe ser usado por el trabajador al momento que acabe su vínculo laboral. Y es que el dinero permitirá atender contingencias que se originen, mientras busca un empleo, por empleo, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo.
¿QUIÉNES RECIBIRÁN LA CTS EN MAYO 2022?
Los trabajadores del régimen de la actividad privada que laboren una jornada mínima diaria de 4 horas diarias y que acumulen, como mínimo, un mes de labores.Los trabajadores pequeña empresa recibirán solo hasta por 15 remuneraciones diarias.
¿CUÁNDO PAGARÁN LA CTS?
Los empleadores del sector privado tienen hasta el 15 de mayo para efectuar el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), un beneficio social que tiene por objeto proteger al trabajador de las contingencias que pueden originarse como consecuencia del cese en el trabajo.
¿CUÁNTO Y CÓMO SE PAGA LA CTS?
La CTS equivale, en promedio, a una remuneración anual, la cual debe ser depositada por el empleador a favor del trabajador en dos partes de 50 % cada una.
El primer depósito debe hacerse hasta el 15 de mayo y, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo, abarca periodos de trabajo de noviembre a abril.El segundo desembolso tiene plazo el 15 de noviembre y comprende de mayo a octubre.
¿CÓMO CALCULO CUÁNTO RECIBIRÉ DE CTS?
De esta manera puedes calcular cuánto recibirás tu CTS, de acuerdo con lo que explicó el associate partner del Área Laboral de EY Perú, Mauricio Matos, a la agencia Andina:
(a) Si el trabajador percibe una remuneración principal imprecisa o variable, la CTS será el resultado del promedio de lo percibido por el trabajador en los meses de noviembre del año anterior a abril (para la CTS de mayo) o de lo percibido de mayo a octubre (para la CTS de noviembre).
(b) Si el trabajador percibe una remuneración fija, pero tiene una remuneración complementaria imprecisa o variable (por ejemplo, percibe horas extras) estos montos serán incluidos en el cálculo siempre y cuando hayan sido percibidos 3 o más veces en el periodo de noviembre del año anterior a abril (para la CTS de mayo) o en el periodo de mayo a octubre (para la CTS de noviembre), en cuyo caso los conceptos se suman y se dividen por 6.
¿QUÉ PASA SI LA EMPRESA NO DEPOSITA LA CTS?
Si el empleador no deposita la CTS, o no hace el abono completo ni dentro de la fecha, esto se considera una infracción grave pasible de ser sancionada con montos considerables:
La multa es entre S/6,908 y S/114,928, dependiendo del número de trabajadores afectados.
Imagen
¿SE PUEDE RETIRAR LA CTS?
En la actualidad, un trabajador solo puede retirar hasta el 100 % del excedente de 4 remuneraciones brutas. De tener un monto inferior en su cuenta, no podrá hacer ningún retiro.
TAGS RELACIONADOS