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Créditos de FAE-Turismo y FAE-Agro estarán sujetos a menores exigencias de provisiones y de capital
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) flexibilizó el tratamiento prudencial de los créditos que se otorguen a través del Fondo de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas del sector turismo (FAE-Turismo) y del Programa de Garantía del Gobierno Nacional para el Financiamiento Agrario Empresarial (FAE-Agro) para que las entidades financieras ofrezcan condiciones más competitivas.
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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) flexibilizó el tratamiento prudencial de los créditos que se otorguen a través del Fondo de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas del sector turismo (FAE-Turismo) y del Programa de Garantía del Gobierno Nacional para el Financiamiento Agrario Empresarial (FAE-Agro) para que las entidades financieras ofrezcan condiciones más competitivas.
Según la Resolución N° 2154-2020, los créditos otorgados con las garantías de FAE-Turismo y FAE-Agroestarán sujetos a menores exigencias de provisiones y de capital. También, se reconoce la posibilidad de una mayor exposición de las entidades financieras frente a dichos fondos o garantías.
En el caso del FAE–Turismo, se establece que, a la parte de los créditos que cuentan con la cobertura de este programa, se aplicará una tasa de provisión por riesgo de crédito de 0%, y un factor de ponderación de 0% para efectos del cálculo de requerimiento de patrimonio efectivo por riesgo de crédito bajo el método estándar, cuando se aplique sustitución de contraparte crediticia, de igual manera que los créditos garantizados en el marco del programa FAE-Mype.
Asimismo, el límite de 50% del patrimonio efectivo de las empresas del sistema financiero aplica, de forma separada, al total de las coberturas que otorgue el FAE-Mype y al total de las coberturas que otorgue el FAE-Turismo, a favor de una misma empresa del sistema financiero.
En el caso de FAE–AGRO, se establece que, a la parte de los créditos que cuentan con la cobertura dicho programa, se aplicará una tasa de provisión por riesgo de crédito de 0%, de igual manera que a los créditos garantizados en el marco del programa Reactiva Perú.
Además, se establece que el total de las coberturas que otorgue el Gobierno Nacional a través del FAE-AGRO, de manera similar al programa Reactiva-Perú, no se encuentran sujetas a límites de concentración crediticia.
La SBS también modificó, a través de la resolución, el Manual de Contabilidad para las empresas del sistema financiero a fin de incorporar las cuentas contables para el adecuado registro de las operaciones realizadas en el marco de los referidos programas.
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