Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. (Foto: GEC)
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. (Foto: GEC)

La (SBS), ha dispuesto que el plazo para realizar el protesto de los títulos valores en poder de las entidades bajo su supervisión, y cuyos obligados al pago domicilian en el Perú o deban llevarse a cabo en territorio peruano, se prorrogue hasta el 15 de junio próximo.

De esa forma, es una segunda prórroga que responde a la ampliación del estado de emergencia nacional hasta el próximo 26 de abril, pues el pasado 18 de marzo, la SBS prorrogó por 30 días calendario el protesto de los títulos valores en poder de las entidades bajo su supervisión.

“La medida se toma en el marco de la situación de emergencia que vive el país y viene causando perjuicios a las personas naturales y jurídicas”, indicó la SBS en un comunicado.

Así, encontramos a deudores directos e indirectos de las entidades financieras, empresas de seguros, cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público y otras instituciones bajo la supervisión de la SBS.

La Resolución N° 1281-2020, precisa también que esta medida de carácter extraordinario será aplicable respecto a todo título valor que, al 11 de marzo de 2020, se encontraba con plazo vigente para ser protestado, pero que, como consecuencia del estado de emergencia vigente, no pudo ser protestado dentro de los plazos establecidos en el artículo 72 de la Ley de Títulos Valores, y será extensible para todo título valor cuyo vencimiento del plazo de realización del protesto ocurra hasta el 15 de mayo de 2020, inclusive.

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