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¿Congelar o reprogramar su deuda?: conozca qué opción le conviene más

Considere que ninguna de las alternativas mencionadas desaparece las obligaciones financieras que usted tenga, sino que le da un mayor plazo para cumplir con ellas.

En cualquiera de las alternativas que escoja, las cuotas a programarse serán diferentes de las de su cronograma inicial. (Foto: Pixabay)
En cualquiera de las alternativas que escoja, las cuotas a programarse serán diferentes de las de su cronograma inicial. (Foto: Pixabay)
Redacción PERÚ21

redaccionp21@peru21.pe

Actualizado el 30/04/2020 02:32 p.m.

En medio de las medidas adoptadas durante el estado de emergencia por el COVID-19, diversos bancos han brindado facilidades de pago, ya sea por congelamiento o reprogramación de deudas, por lo que, si cree que va a tener problemas de liquidez en los siguientes meses puede optar por alguna de dichas opciones.

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En ese sentido, el ABC del BCP brinda algunas recomendaciones para identificar cuál de ellas se adapta mejor a sus necesidades:

Evalúe su situación

Analice cuánto tiempo necesitará para poder retomar el pago de sus deudas y si contará con el dinero suficiente para cubrirlas. Recuerde que en cualquiera de las alternativas que escoja, las cuotas a programarse serán diferentes de las de su cronograma inicial.

Reconozca cada “beneficio”

  • Reprogramación:

Consiste en prorrogar o “patear” el cronograma de pagos por 30 o 90 días sin aumentar el número de cuotas de su deuda. Durante ese período, no pagaría nada y el interés por las cuotas reprogramadas será añadido a las restantes.

Por ejemplo, si un cliente debe 6 cuotas de S/ 500 y pide una prórroga de 90 días, ahora tendrá 6 cuotas pendientes de S/ 517, pero las comenzará a pagar recién en 90 días. El monto total adicional por esas cuotas prorrogadas será de S/ 102 (17 soles x 6 meses).

  • Congelamiento:

Podrá congelar las cuotas de sus préstamos de abril y mayo, siendo fraccionadas en un nuevo préstamo desde 24 hasta 48 meses sin intereses ni comisiones adicionales.

Por ejemplo, un cliente tiene un préstamo personal de 12 cuotas pendientes de S/ 300 cada una. En ese caso, luego de los 2 meses sin pagar (S/ 600), se generará un préstamo personal con cero intereses por el que se deberá pagar S/ 25 mensuales por 24 meses (lo que equivale justamente a S/ 600).

En resumen, luego de los 2 meses sin pagar nada, el cliente pagará la cuota regular de su préstamo (S/ 300 soles) más los S/ 25 soles correspondientes al préstamo sin intereses por las 2 cuotas fraccionadas.

En el caso opte por congelar, pero desea cancelar por adelantado el pago de los 24 o 48 meses del nuevo préstamo, podrá hacerlo como un prepago sin ningún cargo adicional. La cantidad de meses dependerá del producto que tenga.

Solicite el “beneficio”

El proceso para solicitar cualquiera de dichas opciones es rápido y no es necesario hacerlo de manera presencial.

En el caso del BCP, puede ingresar a www.viabcp.com/estamoscontigobcp, hacer la elección y completar el formulario. También puede contactar al banco comunicándose con la central telefónica: 311-9898. Luego de que se hayas contactado, recibirá un correo, en máximo 48 horas, con la confirmación de la solicitud y le darán una respuesta final dentro de 7 días útiles.

Tenga en cuenta

  • Ninguna de las alternativas mencionadas desaparece las obligaciones financieras que usted tenga, sino que le da un mayor plazo para cumplir con ellas.
  • De acuerdo al ABC del BCP, si cree que vas a tener problemas de liquidez en los siguientes meses, tal vez te conviene más una reprogramación a 90 días, pero si lo que quiere es ahorrarse los intereses, entonces puede aplicar a un congelamiento, sin embargo, el monto de la cuota puede ser mayor.

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