Contribuyentes que deben emitir guías de remisión electrónicas no serán sancionados por Sunat

Se brinda plazo adicional, hasta el próximo 30 de junio del 2024, para que pueda adecuar sus sistemas de emisión.
Contribuyentes que deben emitir guías de remisión electrónicas no serán sancionados por Sunat. (Foto: Sunat)

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria () amplió el beneficio de discrecionalidad para que los contribuyentes que deban emitir la Guía de Remisión Electrónica (GRE) Remitente y Transportista, no sean sancionados por su falta de uso. Esta disposición fue aprobada mediante la resolución N.° 000042-2023-SUNAT/700000 publicada hoy en el diario oficial.

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Gracias a las nuevas facilidades, no se aplicarán sanciones decomiso de bienes ni de internamiento temporal de vehículos cuando se detecte el incumplimiento de dichas obligaciones, emitiendo solo actas preventivas, siempre y cuando, se cuente con una guía de remisión en formato impreso o importado durante el traslado de los bienes, según lo dispuesto en el Reglamento de Comprobantes de Pago.


Vigencia de la Guía de Remisión Electrónica

En julio del 2022 se publicó la normativa que establecía el uso de las guías de remisión y designaba a los emisores electrónicos, estableciendo, además, que a partir del 1 de enero del 2024 estaban obligados a emitir la GRE Remitente y Transportista, todos los contribuyentes que realice el traslado de mercancías dentro del territorio nacional.

A la fecha, más de 256 mil contribuyentes han emitido las GRE en todo el país, utilizando los sistemas habilitados por la Sunat lo que ha permitido que reduzcan de manera significativa el tiempo de su emisión, agilizando, además, el traslado de sus mercancías y eliminando los costos de la formalización de sus actividades.


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