/getHTML/media/1239666
Eduardo Pérez Rocha: "Que la Policía diga la verdad, Vladimir Cerrón se fue del país"
/getHTML/media/1239537
José Baella sobre caso Vladimir Cerrón: "Se debería investigar la contradicción de la Policía"
/getHTML/media/1239536
Fuad Khoury: "No es el momento para invertir en aviones de guerra"
/getHTML/media/1239269
Impulsared: el programa que promueve el desarrollo a través del emprendimiento
/getHTML/media/1239371
Romy Chang sobre 'Chibolín': "La caución asegura la permanencia de Elizabeth Peralta"
/getHTML/media/1239361
José Carlos Mejía, abogado de agente 'Culebra' habla sobre supuesto atentado: "Han sido dos extraños incidentes"
/getHTML/media/1239253
Dina Boluarte endeudará al Perú por S/ 7,500 millones para comprar 12 aviones de combate
/getHTML/media/1239252
Adrián Simons: "Tipificar terrorismo urbano no soluciona nada"
/getHTML/media/1239251
Todo lo que debes saber sobre el sorteo 'Escapada de Primavera'
/getHTML/media/1239126
Gobierno de Dina Boluarte sin rumbo ante criminalidad | La Voz del 21
/getHTML/media/1239123
Víctor García Toma: "El JNE debió anular la inscripción de A.N.T.A.U.R.O"
/getHTML/media/1239120
Mariano González: "Este gobierno-Dina Boluarte- representa más al crimen que a los peruanos"
/getHTML/media/1239127
Malena Morales de Alicorp y su compromiso con los emprendedores peruanos en Marcas y Mercados
/getHTML/media/1238304
Los mejores libros del siglo XXI según The New York Times | Biblioteca de Fuego
/getHTML/media/1238207
118 mujeres han sido víctimas de feminicidio en lo que va de 2024
PUBLICIDAD

Comercio electrónico: Gobierno da luz verde para el reinicio de actividades del sector

Imagen
Fecha Actualización
El comercio electrónico (e-commerce) cuenta desde hoy con luz verde para operar tras aprobarse los protocolos sanitarios y criterios técnicos respectivos, en el marco del estado de emergencia nacional por el nuevo coronavirus (COVID-19).
Según resoluciones ministeriales N° 137-2020-PRODUCE y N° 138-2020-PRODUCE, publicados este miércoles en El Peruano, el Ministerio de la Producción (Produce) dio a conocer el detalle de los lineamientos que deberán cumplir las empresas de los referidos rubros para reiniciar sus actividades.
Las normas destacan que las empresas que resulten autorizadas podrán operar únicamente en Lima Metropolitana. Asimismo, deberán registrar ventas anuales por montos iguales o mayores a los S/ 3 millones en el 2019 y contar con 2 o más locales comerciales por empresa.
A continuación se detalla los protocolos sanitarios y criterios técnicos de cada actividad económica:
Criterios
a) Criterios de focalización territorial
Tener la condición de empresa formal (inscrita en la SUNARP y contar con licencia de funcionamiento) y contar con RUC activo y habidoFacturar ventas anuales por montos iguales o mayores a los S/ 3 millones en el 2019 y contar con 2 o más locales comerciales por empresaFacturar ventas a través de sus plataformas e-commerce por un monto no menor al 2% de sus ventas anuales en el 2019El despacho a domicilio se efectuará con servicio de entrega propio a través de los centros de distribución de las empresas o de tiendas especializadas a puerta cerrada y en los horarios permitidos.Las empresas autorizadas podrán operar únicamente en Lima Metropolitana.
b) Supuestos obligatorios para informar incidencias
Sospecha (sintomatología COVID-19 y/o temperatura corporal mayor a 37.5°C) o confirmación de algún infectado, conforme lo establezca su Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo.
Protocolo
Es obligatorio que los planes de regreso al trabajo de cada empresa, incluyan aspectos como:
Razón social y RUCRegión, provincia, distrito y dirección de cada sede de la empresaRepresentante legal y DNIN° total de trabajadores con vínculo laboralN° total de trabajadores con vínculo civil (terceros, personal por recibos por honorarios)Nómina de personal del servicio de seguridad y salud en el trabajo de cada empresa, indicando profesión, grado, especializaciones, y formación en salud y seguridad de los trabajadores
Los puestos de atención al cliente y entrega de mercadería contarán con barreras como mamparas u otro medio, para evitar el contacto directo con el público en general, así como otras medidas preventivas para disminuir el nivel de riesgo de exposición.
En ningún local se atendrá directamente al públicoEl horario de atención al público lo define cada empresa siendo esto compatible con las disposiciones al respecto que defina la autoridad competente.Las operaciones propias de recepción, almacenamiento y despacho de mercadería deberán mantener en todo momento las condiciones sanitarias y operativas necesarias para prevenir el contagio de COVID-19. Medidas adicionales deberán tomarse durante las campañas, promociones y ofertas de productos.Se promoverá las alternativas de pago usando los medios digitales minimizando el pago en efectivo.Se evitará en lo posible el uso de documentación física con el cliente prefiriéndose el uso de medios digitales.Reuniones de trabajo y/o capacitación deben ser preferentemente virtualesPromover que el personal trabajador evite el uso de los medios de transporte masivos cuando se dirija al y desde el centro de trabajo a sus domicilios.En el despacho de mercadería el conductor del vehículo únicamente está designado para ese rol no pudiendo desarrollar labores de carga y descarga.El empleador definirá como se aplicará la política de devoluciones de mercadería. En caso se permita la devolución de productos se deberá contar con medidas que aseguren que las actividades asociadas a la devolución de la mercadería estén controladas contra el COVID-19.Las entregas de los productos al cliente deben de darse de forma que se mantenga el distanciamiento no menor a 2 metros. En todo momento se hará uso de los EPPs y medidas de prevención de la contaminación cruzada.La empresa debe definir la documentación y registros necesarios para evidenciar el cumplimiento del protocolo y al mismo tiempo permitir la trazabilidad de las operaciones asociados a los controles preventivos del COVID-19
La autoridad competente que tramita y/o supervisa el procedimiento de mitigación de riesgo, deberá ajustar la exigencia de los requerimientos de prevención del contagio del COVID-19, al tamaño, características, naturaleza y complejidad de las operaciones de la empresa en relación con el grado de exposición al riesgo de contagio.
Para mayores detalles puede ingresar al siguiente enlace.
ESTE VIDEO TE PUEDE INTERESAR:
Javier Pradera: ¿Cómo evitar contagio del COVID-19 en los centros laborales? | CORONAVIRUS PERÚ |¿Cómo evitar contagio del COVID-19 en los centros laborales?