Defensoría no podrá emitir opinión técnica o jurídica en casos que evalúe. (USI)
Defensoría no podrá emitir opinión técnica o jurídica en casos que evalúe. (USI)

Redacción PERÚ21

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Las normas relacionadas con la protección de los inversionistas en el país pueden presentar vacíos en lo que respecta a la vulneración de sus derechos. Por esto, la (SMV) publicó el reglamento de la Defensoría del Inversionista, instancia que se encargará de participar y emitir opinión en estos casos.

La labor del Defensor del Inversionista, funcionario designado por la SMV, consistirá en identificar oportunidades de mejora y vacíos en las normas relacionadas con la protección de las empresas, así como analizar situaciones concretas por petición de las compañías que se sientan afectadas por alguna entidad bajo la competencia de la superintendencia.

La Defensoría, sin embargo, no podrá emitir una opinión técnica o jurídica sobre alguna situación concreta y solo se limitará a evaluar casos y brindar la asistencia necesaria para que el inversionista y la empresa involucrada puedan superar una situación conflictiva.

Las entidades relacionadas con estos casos incluyen una Sociedad Agente de Bolsa, una sociedad administradora de fondos mutuos o fondos de inversión, una empresa administradora de fondos colectivos, una sociedad emisora de valores, entre otras.