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Bono Alimentario: conoce cómo se puede cobrar los S/ 270

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) publicó el Decreto Supremo que aprueba el reglamento del Bono Alimentario de S/ 270, a fin de mitigar el impacto en su economía ante el incremento de precios de los productos.

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Fecha Actualización
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) publicó el Decreto Supremo que aprueba el reglamento del Bono Alimentario de S/ 270, a fin de mitigar el impacto en su economía ante el incremento de precios de los productos.
Cabe señalar que esta ayuda económica ya se está entregando a los beneficiarios de los programas sociales Juntos, Pensión 65 y Contigo.
¿Cuál es el proceso de pago del bono a los beneficiarios del segundo tramo?
Elaboración del reglamento del Bono alimentario: El 8 de setiembre último, el Poder ejecutivo aprobó el reglamento del Bono Alimentario, que aprueba los criterios de focalización y priorización de los más de 4 millones de beneficiarios.Elaboración del padrón de beneficiarios: El Midis cruzó la información de las diversas bases de datos para verificar quiénes cumplen con los criterios de selección establecidos en el reglamento del Bono alimentario y el 4 de octubre publicó la resolución que aprueba el padrón de beneficiarios.Transferencia del dinero a la cuenta de los beneficiarios: Con el padrón aprobado, el Midis transfiere el dinero a la cuenta de cada uno de los beneficiarios, en el Banco de la Nación, y se inicia el pago de los S/ 270.
¿Cuáles son los requisitos para ser beneficiario del Bono Alimentario?
De acuerdo al Midis, los potenciales beneficiarios del Bono Alimentario son ciudadanos mayores de edad (18), que tienen que cumplir los siguientes requisitos:
Los hogares en condición de pobreza y pobreza extrema de acuerdo con el Padrón General de Hogares (PGH) del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), que administra el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis).Los usuarios de los programas sociales Juntos, Contigo y Pensión 65, a excepción de los beneficiarios de la subvención extraordinaria adicional dispuesta por el artículo 20 de la Ley N° 31538.
¿Quiénes serán excluidos de cobrar el Bono Alimentario?
La norma señala que quedan excluidos para recibir este subsidio:
Ciudadanos que forman parte de hogares con algún integrante en la base de datos de declaraciones juradas de intereses de autoridades, servidores y candidatos a cargos públicos administrada por la Contraloría.Integrantes con cargo de congresista, alcalde de una municipalidad distrital o provincial, regidores municipales, gobernadores regionales, consejeros regionales, vicegobernadores regionales, prefectos, subprefectos y/o tenientes gobernadores.
¿Cuáles serán las modalidades de pago del Bono Alimentario?
Según el reglamento, los beneficiarios podrán cobrar el bono de S/ 270 en:
Depósito en cuenta.Billetera digital.Cuenta DNI del Banco de la Nación.Cobro en ventanilla.Otros que se implementen en coordinación con las entidades financieras con las que se disponga de convenios vigentes.
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