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¿Aumentará el precio de las bebidas alcohólicas? MEF ajusta elImpuesto Selectivo al Consumo
Norma modifica el monto de impuesto de diferentes artículos como los vehículos, bebidas alcohólicas, tabaco, entre otros.
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Bebidas alcohólicas ilegales en Perú. (Foto: USI)
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Propuesta generó polémica en redes sociales. (Getty)
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Francia prohibirá la circulación de vehículos con motores de combustión desde el año 2040 para reducir las emisiones de carbono. (Foto: AFP)
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Políticas antitabaco y la emergencia del cigarrillo electrónico hicieron retroceder el número de fumadores en numerosos países. (Getty)
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Tomar gaseosa seguido no es una alternativa saludable y en vista a la obsesión de este joven, su amigo se propuso quitarla de su camino. (Foto: Pixabay)
Fecha Actualización
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó los términos del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) y el Impuesto a la Renta (IR) que se colocaron en el 2018 para mejorar el control del sistema tributario.
Mediante el decreto supremo N° 181-2019-EF publicado hoy en el diario El Peruano se dio a conocer la modificatoria del método del ISC con el que se grava a la cerveza, pasando a un monto fijo de S/ 2.25 por litro.
También se modifican las tasas de los líquidos alcohólicos entre 0° y 6° considerando un ISC específico de S/ 1.25 por litro y un ISC al valor de 20%.
Por otra parte, el ISC a las bebidas analcohólicas (entre ellas gaseosas, bebidas cola, jugos y zumos artificiales, aguas con sabor) será nueva tasa 12% al valor para las bebidas sin azúcar, entendiéndose como tales aquellas con contenido de azúcar igual o menor a 0,5gr/100ml.
En el caso del ISC al tabaco, se gravarán todas las partidas de tabaco a S/ 0.27 por unidad, un nivel similar al aplicado a los cigarrillos comunes.
A los tabaco diseñados para consumo humano se les aplicará un ISC de 50% del valor.
Vehículo
La norma dispone una nueva escala impositiva para los vehículos nuevos según cilindrada. Los que tengan cilindradas mayores a 1,400 centímetros cúbicos (cc) pero menores o iguales a 1,500 cc tendrán un ISC al valor de 7.5%. Los vehículos con cilindradas menores o iguales a 1,400 cc se les aplicará un ISC de 5%. Los vehículos con cilindradas mayores a 1500cc mantienen la tasa de 10%.
La norma dispone una nueva escala impositiva para los vehículos nuevos según cilindrada. Los que tengan cilindradas mayores a 1,400 centímetros cúbicos (cc) pero menores o iguales a 1,500 cc tendrán un ISC al valor de 7.5%. Los vehículos con cilindradas menores o iguales a 1,400 cc se les aplicará un ISC de 5%. Los vehículos con cilindradas mayores a 1500cc mantienen la tasa de 10%.
Entre otras medidas, se uniformiza el tratamiento tributario del ISC aplicable a los vehículos usados importados con una tasa de 40% al valor. Así, los vehículos usados que hoy están gravados con un ISC al valor de 10% pasan a tener una tasa de 40%.
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