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Menores podrán ser empadronados como barristas con autorización de sus padres

Ministerio del Interior aprobó el empadronamiento de menores, que hayan cumplido los 16 años de edad, como barristas, siempre que estos cuenten con la autorización respectiva de sus padres o tutores.

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Se hacen sentir. Barristas del club expresaron su malestar con la situación actual del equipo. (USI)
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CASTIGADOS. Barristas peruanos han causado desmanes y muertes en los últimos años. (USI)
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Barristas
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Barristas del Cristal
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Barristas desatan balacera
Fecha Actualización
El Ministerio del Interior aprobó el empadronamiento de menores de edad como barristas, siempre que estos cuenten con la autorización respectiva de sus padres o tutores, debidamente acreditados.
Según la resolución ministerial Nº 1112-2018-IN del portafolio del Interior, publicada en el Diario Oficial El Peruano, se aprueban las normas complementarias para la adecuada implementación del Registro Único de Empadronamiento de Barristas (RUEBAR).
Además, la administración del registro estará a cargo de la Dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional del Perú (PNP) y sólo podrán ser empadronados los menores que hayan cumplido los 16 años, informa Andina.
Este registro tendrá los datos personales de los barristas: nombres y apellidos completos, fecha de nacimiento y número de Documento Nacional de Identidad (DNI). Además de una fotografía, domicilio, ocupación y/o profesión.
Junto a estos datos se registrará, también, el nombre del club deportivo profesional al cual pertenece, indicando fecha de inscripción y cargo que ocupa en la barra, de ser el caso. Además, el número, fecha de vigencia y caducidad de Carné de Barrista y el estado del barrista (activo o inactivo).
El RUEBAR estará complementado con la información sobre requisitorias y antecedentes policiales a través de los sistemas de la Policía Nacional. También contará con los antecedentes penales gracias a la información proporcionada por el Poder Judicial y el Registro Central de Sanciones del Deporte.
También con el Registro de personas impedidas de ingresar a recintos deportivos a cargo del IPD.
De esta forma se busca combatir la violencia en los espectáculos deportivos con un sistema de identificación más eficaz que permita a las entidades tener un mecanismo de alerta.
La Dirección de Seguridad Ciudadana de la PNP será la única con acceso pleno a la información contenida en dicho registro. Los clubes deportivos podrán ingresar al RUEBAR única y exclusivamente para registrar y actualizar la información relativa a los integrantes de las barras de sus respectivas instituciones, no pudiendo acceder a los datos relacionados a integrantes de las barras de otros clubes.
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