Día de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez: Conoce cómo generar un ambiente saludable en adultos mayores

En el 2021, según cifras de EsSalud, el 70% de adultos mayores han sufrido maltrato familiar durante la pandemia.

Adulto Mayor (Foto:Pixabay)

Fecha de publicación: 15/06/2022 – 9:11

En el país se califica como adulto mayor a las personas de 60 años a más y, debido a algunas de sus capacidades disminuidas como la visión borrosa, una menor audición y la rigidez en las articulaciones, necesitan un mayor cuidado que requieren de atención y responsabilidad. Sin embargo, según datos estadísticos de EsSalud (2021), el 70% de adultos mayores han sufrido maltrato familiar durante la pandemia.

Los cambios físicos y psicológicos durante el envejecimiento corresponden al desgaste de todos nuestros sistemas, por ello, es necesario que las personas más cercanas a los adultos mayores lleven un control constante y continuado acerca de sus signos vitales, funciones biológicas y, sobre todo, es necesario ayudarlos a mantenerse activos física y psicológicamente, ya que en la tercera edad se suman los problemas crónicos que requieren de una mayor atención”, señala el Dr. Carlos Sandoval, docente de la Escuela de Medicina Humana de la Universidad Norbert Wiener.

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Por ello, en el Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez (15 junio), el especialista en Geriatría nos indica cuatro pautas para generar un ambiente saludable en los adultos mayores:

“Los cincos principales derechos que todo adulto mayor debe considerar son la no discriminación por razones de edad y a no ser sujeto de imagen peyorativa, la igualdad de oportunidades, la atención preferente en todos los servicios brindados en establecimientos públicos como privados, la información adecuada y oportuna en todos los trámites que realice y una vida sin ningún tipo de violencia”, añade Rodrigo Gálvez, docente de la carrera de Derecho de la Universidad Norbert Wiener.

El especialista señala, además, que si los hijos incurren en un incumplimiento que los prive de alimentos o de los cuidados indispensables y que los lleven a la mendicidad o abandono, será el organismo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables quien remitirá dicha información al Ministerio Público para que este proceda a investigar la configuración de algún delito.

Asimismo, Gálvez comentó que “toda persona que tome conocimiento de que una persona adulta mayor se encuentra en situación de abandono tiene la obligación de comunicarlo enseguida a la Policía Nacional del Perú (artículo 26-A.1 de la Ley N° 30490). Debe advertirse que la conducta de quien omite el auxilio inmediato o el aviso a la autoridad acerca de una persona en grave o inminente peligro podría incurrir en el delito de omisión de auxilio o aviso a la autoridad (artículo 127, Código Penal) que se encuentra reprimido con pena privativa de la libertad no mayor de un año”.

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