Subcomisión de Acusaciones Constitucionales evalúa inhabilitación del presidente Pedro Castillo por el supuesto delito de traición a la patria. (Perú21)
Subcomisión de Acusaciones Constitucionales evalúa inhabilitación del presidente Pedro Castillo por el supuesto delito de traición a la patria. (Perú21)

La liderada por Lady Camones (Alianza para el Progreso), inició la sustentación del informe final de la denuncia constitucional contra el presidente por el supuesto delito traición a la patria, cuyo ponente es el congresista Diego Bazán (Avanza País).

¿Por qué la denuncia?

De acuerdo con el literal g) del artículo 89 del reglamento del Congreso, si “el informe que propone la acusación es aprobado, la Comisión Permanente nombra una Subcomisión Acusadora integrada por uno o más miembros de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales”.

Este nombramiento, es propuesto “por su presidente al momento de presentar el informe final, a efecto de que sustente el informe y formule acusación en su nombre ante el Pleno del Congreso”.

La denuncia contra responde a las declaraciones que ofreció al periodista Fernando del Rincón, de la cadena CNN en Español, en las que declaró estar a favor de dar “mar para Bolivia”.

Denuncia procedente

En su primer punto de agenda, la subcomisión aprobó por unanimidad (18 votos) el informe de calificación que declara procedente la Denuncia Constitucional 72 (ex 413), contra el excongresista César Campos Ramírez por la presunta comisión del delito de concusión previsto en el artículo 382 del Código Penal

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Se trata de la denuncia formulada por la exfiscal de la Nación Zoraida Ávalos. Los hechos refieren a que el denunciado habría inducido a uno de sus trabajadores a pagar un aporte mensual de su sueldo para solventar la oficina de enlace del exparlamentario en la ciudad de Huánuco.

Por otro lado, la congresista (Perú Libre) declinó ser ponente en las denuncias constitucionales 284 y 286 acumuladas contra el parlamentario Fredy Díaz. La Presidencia propuso como nuevo ponente a la congresista Susel Paredes Piqué (Integridad y Desarrollo).

Improcedentes

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales declaró improcedentes, también por unanimidad (18 votos), otros dos informes de calificación.

El primero es el informe de calificación de la Denuncia Constitucional 15 (ex 309), contra los exmiembros del Tribunal Constitucional (TC) Eloy Espinosa-Saldaña, Marianella Ledesma y José Luis Sardón por presunto delito de prevaricato y omisión del ejercicio de la acción penal, previstos en los artículos 418 y 424 del Código Penal.

Así también, el informe de calificación recaído en la Denuncia Constitucional 73 (ex 414), formulada por la exfiscal de la Nación Zoraida Ávalos contra el exparlamentario andino Jorge Romero Castro por la presunta comisión de los delitos de concusión y peculado de uso previsto el artículo 382 y 388 del Código Penal.

Se señala a que una trabajadora fue inducida a entregar parte de su remuneración en beneficio del exparlamentario, pero de concluye que es improcedente la denuncia porque los parlamentarios andinos no están dentro de lo que establece el artículo 99 de la Constitución. Sin embargo, se deja a salvo el derecho de la denunciante a realizar la denuncia en el fuero pertinente.

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