El Gasoducto del Sur recién sería entregado en concesión en el 2021, informó el Ministerio de Energía en su momento. (Foto: GEC)
El Gasoducto del Sur recién sería entregado en concesión en el 2021, informó el Ministerio de Energía en su momento. (Foto: GEC)

Redacción PERÚ21

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A través de un comunicado, la empresa informó que ha entablado una demanda de arbitraje ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) debido a que, hasta la fecha, el Gobierno central no ha convocado a una subasta privada que permita que se reanuden las obras del proyecto Gasoducto del Sur Peruano (GSP).

Según el consorcio, el contrato de concesión “disponía que el Estado tendría hasta 12 meses de la terminación unilateral para dar continuidad al GSP por medio de una nueva subasta privada (u otras alternativas)" pero, precisa, han transcurrido más de tres años sin que eso ocurra.

“El tratado bilateral de protección de inversión privada firmado entre el Perú y Luxemburgo establece el plazo límite no prorrogable de 3 años para que la parte afectada solicite el inicio de un arbitraje internacional para la preservación de sus derechos”, añade, y refiere que debido a ello está obligada a ejercer todas las acciones necesarias para cumplir con el pago de todos sus acreedores, entre ellas la búsqueda de recuperación de la inversión realizada por OLI Lux en el Proyecto GSP.

“No hacerlo representaría una grave violación de obligaciones fiduciarias frente a sus acreedores. OLI Lux no ha tenido más remedio que iniciar formalmente un arbitraje internacional en el CIADI buscando preservar sus legítimos derechos y de sus acreedores. (...) La expectativa de OLI Lux siempre ha sido, y sigue siendo, que la inversión realizada en el proyecto sea reconocida y reembolsada por un nuevo inversionista privado, sin carga al Estado Peruano. No existe interés por parte de OLI Lux en litigar con el Estado Peruano. OLI Lux continua totalmente dispuesta a encontrar juntamente con las entidades competentes del Estado una solución que permita suspender el proceso arbitral”, concluye.