Compartir información. La UIF podrá comunicar al Ministerio Público de operaciones sospechosas. (Mario Zapata)
Compartir información. La UIF podrá comunicar al Ministerio Público de operaciones sospechosas. (Mario Zapata)

Redacción PERÚ21

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Bajo el amparo de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso de la República, el Poder Ejecutivo publicó ayer en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo N°1249 que fortalece a la Unidad de Inteligencia Financiera () en la prevención, detección y sanción del delito de lavado de activos y el terrorismo.

La norma permite a esta entidad, si el caso lo amerita, solicitar a un juez penal el levantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria. La solicitud deberá ser resuelta por la autoridad judicial en un plazo de 48 horas.

Si es aprobada, el sistema financiero y la administración tributaria deberán remitir a la UIF la información solicitada en un plazo máximo de 30 días hábiles. Si por el contrario, es rechazada, procede el recurso de apelación.

El decreto legislativo, además, incorpora bajo la supervisión de la UIF, en calidad de sujetos obligados a dar información, a diversas entidades y personas tanto naturales como jurídicas, en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento de terrorismo.

Asimismo, la UIF podrá comunicar al Ministerio Público en caso de encontrar operaciones sospechosas.

El parlamentario Héctor Becerril (FP), presidente de la Comisión de Fiscalización del Congreso, resaltó la importancia de fortalecer la UIF "en un momento en el que los actos de corrupción también son protagonizados, en gran parte, por el Ministerio Público y el Poder Judicial".

Congreso a favor

Por su parte, el congresista de Frente Amplio Justiniano Apaza expresó que la UIF debe tener "autonomía propia en sus decisiones e independencia política". "El fortalecimiento de esta entidad es fundamental para combatir el manejo oscuro del dinero", manifestó a Perú21.

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