El Pleno aprobó acusar constitucionalmente al expresidente Vizcarra por el caso Richard Swing. (Foto: Captura de video)
El Pleno aprobó acusar constitucionalmente al expresidente Vizcarra por el caso Richard Swing. (Foto: Captura de video)

Hubo luz verde. El Pleno del Congreso aprobó el informe final del , en el que recomienda acusar constitucionalmente al expresidente Martín Vizcarra. Esto, por su presunta responsabilidad en la contratación irregular del cantante Richard Cisneros Carballido, entre 2018 y 2020, en la que se autorizó pagos hasta por S/175,400.

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El informe recomienda denunciarlo además en el Ministerio Público por tráfico influencias agravado, peculado doloso (instigador) negociación incompatible y obstrucción a la justicia.

Fue aprobado con 85 votos a favor, cero en contra y cuatro abstenciones.

PRUEBAS

El informe señala que debe ser denunciado por tráfico de influencias agravado por haberse reunido con Richard Javier Cisneros Carballido “y haberle prometido un puesto de trabajo en el Ministerio de Cultura, ya que, él era considerado como un artista. Estas coordinaciones se habrían dado durante las visitas que Cisneros realizó a Palacio de Gobierno”.

“Cisneros no contaba con el perfil que requería el Ministerio de Cultura para su contratación; sin embargo, el exmandatario aprovechándose del alto cargo que ostentaba iba a gestionar y/o coordinar la contratación del mismo, ejerciendo influencias sobre altos funcionarios, las cuales fueron evidenciadas al solicitar a los ministros de cultura de ese entonces 2018-2020, su contratación dentro de dicha entidad”, indica la investigación.

La denuncia por instigador del delito de peculado doloso por apropiación en beneficio de tercero es porque, señala el informe, a través de Miriam Morales Córdova, se habría comunicado con los exministros de Cultura durante las gestiones del año 2018 -2020 para la contratación de Richard Cisneros, ordenando su contratación en ese ministerio por ser “amigo o conocido” suyo.

La contratación de ‘Richard Swing’ —Richard Cisneros Carballido— trajo como consecuencia la emisión de nueve órdenes de servicios, sin tener en cuenta que el proveedor no cumplía con el perfil requerido. Estas órdenes de servicios fueron canceladas con fondos provenientes del Ministerio de Cultura, por la suma de S/. 175,400.00 soles, causando un perjuicio económico al Estado, precisa el documento.

El delito de negociación incompatible bajo el término de imputación de instigación, como calificación alternativa, se sustenta en el hecho de que Vizcarra Cornejo tenía interés en que Cisneros Carballido fuera contratado en el Ministerio de Cultura, a pesar de conocer que no cumplía con el perfil requerido por dicha entidad.

“Sin embargo, para cumplir con la promesa de que este fuera contratado y poder así tener un puesto de trabajo, las áreas encargadas de su contratación elaboraron términos de referencia que se adecuaban a su perfil, siendo estos direccionados a su currículum vitae y  así poder ser proveedor  de dichos servicios, de otro modo, no hubiera sido contratado”, concluye el informe al que accedió Perú21.

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