Concesionaria advierte que decisión del TC: “Sienta un precedente jurídico nefasto para todos los inversionistas y titulares de concesiones”.
Concesionaria advierte que decisión del TC: “Sienta un precedente jurídico nefasto para todos los inversionistas y titulares de concesiones”.

Por unanimidad, el pleno del ordenó a la empresa suspender el cobro del peaje en.

Así lo determinó al declarar fundada en parte la demanda de habeas corpus colectivo presentada por la asociación Casa-Huerta de Puente Piedra contra la citada empresa, al considerar que se vulneró el derecho fundamental al libre tránsito de los residentes de ese distrito y de los usuarios que circulan por esa vía concesionada.

Esta decisión, precisó, “se mantendrá hasta que se adopten las medidas para cesar el acto lesivo vulneratorio de la libertad de tránsito o hasta que la justicia penal emita los pronunciamientos judiciales, con calidad de firmes, que determinen si el contrato de concesión y sus adendas tuvieron un origen ilícito o no”.

RUTAS ALTERNAS

El colegiado advirtió la inexistencia de rutas alternas lo que obliga a los usuarios a salir de su jurisdicción y atravesar los distritos de Los Olivos o Carabayllo y Comas, para luego volver a reingresar a Puente Piedra por la Panamericana Norte.

También precisó que la vía propuesta como alterna, que se inicia en el óvalo Puente Piedra y culmina en la intersección de la autopista Chillón Trapiche y Panamericana Norte, cuenta con un solo carril, por lo que, desde un análisis material, no puede reputarse como alterna a la vía concesionada.

ES ARBITRATIO

A través de un comunicado, Rutas de Lima calificó de arbitraria la decisión del TC que vulnera sus derechos bajo el contrato de concesión. “Sienta un precedente jurídico nefasto para todos los inversionistas y titulares de concesiones que han apostado por invertir sus recursos en el Perú pues genera un clima de inseguridad jurídica”, señaló.

Sobre las rutas alternas sostienen que se ha acreditado que el contrato de concesión no prohíbe la implementación de nuevas vías alternas, incluyendo el proyecto identificado por la propia Municipalidad Metropolitana de Lima en su comunicación de marzo de 2023. “El TC no ha tenido en consideración tales cuestiones yr ha elaborado interpretaciones y teorías que exceden aquello que, según las regulaciones vigentes, puede ser discutido en un proceso de habeas corpus.

Advirtieron que esta resolución se da en un contexto en que la empresa viene “siendo objeto de una campaña de hostilización sistemática por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Defensoría del Pueblo y otras entidades”. Consideran que se ha buscado politizar una discusión que es eminentemente legal.

VIOLACIÓN DEL ESTADO DE DERECHO

Similar temperamento manifestó a través de un comunicado Brookfield, accionista principal de la empresa responsable de la concesión de Rutas de Lima desde el año 2016.

“La decisión emitida por el TC se suma a la cadena sostenida de acciones de hostilidad que ha venido sufriendo RDL en los últimos años y que se ha agravado drásticamente en los últimos meses no solo en contra de RDL, sino también de Brookfield”, precisan.

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Advierten que esta actuación arbitraria “constituye una clara violación del Estado Peruano a los derechos y garantías ofrecidos a Brookfield como inversionista y está despojando a la concesión de la parte sustancial de los ingresdos necesarios para sostenerla”.

“Lo ocurrido no solo es una grave afecgtación a un inversionista sino a la inversión en el Perú”, remarcan. Culminan indicando que se reservan todos los derechos de acudir a las instancdias internacionales competentes para proteger sus derechos.

¿QUIÉN ASUMIRÁ EL COSTO?

Adrián Revilla, gerente general de la Asociación Automotriz del Perú, consideró que tras este fallo del TC se debe buscar una solución para los ciudadanos de Puente Piedra.

Recordó que hay un contrato vigente entre la Municipalidad de Lima y la empresa concesionaria el cual tiene que respetarse. Tras la decisión del TC no descartó que la empresa afectada recurra a un tribunal arbitral, el Ciadi.

“La empresa que aceptó el contrato va a tener necesariamente que ser resarcida por el costo que le está significando el no cobro del peaje; el tribunal arbitral obligará a la Municipalidad de Lima a pagar el peaje y eso finalmente va a salir del bolsillo de los contribuyentes que son los que vamos a tener que pagar eso como ha pasado en situaciones anteriores”, subrayó.

Rutas de Lima sostuvo que se reserva el derecho de implementar las acciones legales a nivel local e internacional “para defender sus derechos frente a esta arbitraria decisión”.

Datos

El pasado 17 de enero, el juez Juan Varillas Solano dispuso el cierre de las casetas del peaje Chillón en Puente Piedra.

El TC exhortó al Poder Judicial y al Ministerio Público resolver con celeridad el tema de la celebración del contrato de concesión y adendas.

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