Modifican Libro de Reclamaciones. (Composición)
Modifican Libro de Reclamaciones. (Composición)

Redacción PERÚ21

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A partir de la fecha, los consumidores deberán dejar consentimiento sobre la solución ofrecida por las empresas ante una queja en el , según los cambios dispuestos por el y publicado hoy en El Peruano.

¿Cuáles son los cambios?

  • Si ante el registro de un reclamo, el proveedor ofrece una solución que satisface el pedido del consumidor, aquél debe dejar constancia expresa de loofrecido, y el consumidor, de estar de acuerdo, presta su conformidad declarando expresamente "ACUERDO ACEPTADO PARA SOLUCIONAR EL RECLAMO".
  • Si la solución se ofrece de manera presencial, se debe dejar dicha constancia en la sección "Observación y acciones adoptadas por el proveedor", además debe estar su firma. En esta parte el proveedor también debe dejar constancia de su ofrecimiento.
  • Si la solución fue expresada de manera no presencial (virtual u otra), el cliente puede manifestar su consentimiento a través de un correo electrónico o cualquier otro medio.
  • El consumidor tiene un plazo de diez días calendario para dar a conocer el consentimiento. De lo contrario, se tiene por rechazada la propuesta y el proveedor deberá emitir una respuesta formal.
  • En caso de que la empresa no cumpla con lo ofrecido al cliente en la Hoja de Reclamación, el afectado puede denunciar dicha falta y se emitirá una sanción para la empresa infractora.

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