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Redacción PERÚ21

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El admitió hoy a trámite la interpuesta en julio pasado por 33 congresistas en contra el artículo 2 de la Ley Nº 29903, Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP).

Tras cumplirse con los requisitos formales, el colegiado concederá ahora 30 días al Congreso para que conteste la demanda. Vencido el plazo sin que ello ocurra, el Tribunal asumirá por contestada la acción de inconstitucionalidad o declarará la rebeldía del emplazado, respectivamente.

En la misma resolución, el tribunal señalará oportunamente la fecha para la vista de la causa en audiencia pública, en la que las partes podrán solicitar que sus abogados informen oralmente.

La demanda cuestiona la introducción de los artículos 7 A, 14 A, 14 B y 24 literal d) a la Ley del Sistema Privado de Pensiones. Según los demandantes, esta ley afectaría el derecho a la intangibilidad de los fondos de pensiones, de libre elección al acceso a las prestaciones pensionarias, la libertad de contratación y la afectación al derecho de los aportantes.